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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de noviembre de 2006 333658 coordinaciones con las municipalidades que intervienen en el referido Plan; Que, el citado artículo precisa que dentro de las circunscripciones materia del Plan aludido en Lima Metropolitana se han designado cinco distritos dentro de los que se encuentra el distrito de Los Olivos; Que, dentro del marco de las labores propias de la Municipalidad de Los Olivos en la Municipalización de la Educación se busca el enriquecimiento con experiencias educativas del extranjero, siendo la República de Colombia un modelo de desarrollo en nivel educativo al haberse constituido como líder de la región andina en dicha materia; en consecuencia, se hace necesario nutrirnos de sus experiencias y establecer vínculos de hermandad que nos permita conocer y desarrollar proyectos comunes; Que, el Artículo 9º numeral 11 de la ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad realice el alcalde; Que, el Art. 9º numeral 27 de la norma acotada precedentemente contempla que corresponde al Concejo Municipal aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde y el Art. 25º establece que el ejercicio del cargo de alcalde se suspende por licencia autorizada por el concejo municipal; Que, el artículo 24º indicado, establece que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Atendiendo a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 41º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y por Unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR VIAJE AL EXTERIOR Y OTORGAR LICENCIA al señor Dr. FELIPE BALDOMERO CASTILLO ALFARO, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos a la REPÚBLICA DE COLOMBIA desde el 26 de noviembre al 3 de diciembre del presente año, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente. Artículo Segundo.- El viaje descrito en el Artículo Primero no generará egreso alguno a la entidad en tanto que será asumido en su totalidad por el Dr. Felipe Baldomero Castillo Alfaro, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde Ing. JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA mientras dure la ausencia del titular, con las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente a la GERENCIA MUNICIPAL para losfi nes de su competencia y ORDENAR a SECRETARÍA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL la publicación del presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 6193-1CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Implementación del Proyecto Capacitación en Técnicas y Métodos Modernos de Manejo de Especies Ícticas Amazónicas” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) N° 0-3-A/324, comunica que el “Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Implementación del Proyecto Capacitación en Técnicas y Métodos Modernos de Manejo de Especies Ícticas Amazónicas” suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratificado por Decreto Supremo Nº 072-2006-RE, de 23 de octubre de 2006, publicado el 26 de octubre de 2006. Entró en vigencia el 20 de noviembre de 2006. 6186-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto Recuperación Ambiental de la Región de Huaypetuhe” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) N° 0-3-A/323, comunica que el “Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Cientí fi ca y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto Recuperación Ambiental de la Región de Huaypetuhe”suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú y rati fi cado por Decreto Supremo Nº 073-2006-RE, de 23 de octubre de 2006, publicado el 26 de octubre de 2006. Entró en vigencia el 20 de noviembre de 2006. 6187-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electr ónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL