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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de noviembre de 2006 333672 Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Medecins Sans Frontieres a favor de MÉDICOS SIN FRONTERAS - BÉLGICA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Medecins Sans Frontieres a favor de la institución MEDICOS SIN FRONTERAS - BELGICA, consistente en noventa y cuatro (94) bultos conteniendo medicamentos y material médico, con excepción de los productos detallados en la Resolución Directoral Nº 0338-2005-SA/OGCI expedida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto de 1,053.58 kilos y valorizado en € 10,037.59 (Diez mil treinta y siete y 59/100 Euros), amparados con DUAS Nº 235-2005-10-066410-01-4-00 y Nº 235-2005-10-066450-01-6-00, ambas de fecha 09- Ago-05. Estas donaciones serán destinadas en bene fi cio de los proyectos: “Cuidados integrales en VIH/SIDA en el Centro Materno Infantil San José en Villa El Salvador” y “Control de las enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA en el penal de Lurigancho”. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6260-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1451/RE Lima, 25 de noviembre de 2006Visto, el expediente Nº 10911-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association (IDA), con sede en Amsterdam, Holanda. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM, Ley de Cooperación Técnica Internacional; y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional;Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 31 de octubre de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en Amsterdam, se observa que, International Dispensary Association (IDA) ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ; Que, el bien donado consiste en un (1) cartón conteniendo 10,800 cápsulas de Cycloserine 250 mg., de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 068-2006-SA/OGCI emitida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 12 kilos y un peso bruto recibido de 12.1 kilos, y con un valor FOB de US $ 1,572.48 (Un mil quinientos setenta y dos y 48/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-102849-00 de fecha 1-Dic-05. Será destinada para el Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard, Boston, USA y Socios en Salud, Sucursal Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ consistente en un (1) cartón conteniendo 10,800 cápsulas de Cycloserine 250 mg., de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 068-2006-SA/OGCI emitida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 12 kilos y un peso bruto recibido de 12.1 kilos, y con un valor FOB de US$ 1,572.48 (Un mil quinientos setenta y dos y 48/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-102849-00 de fecha 1-Dic-05. Será destinada para el Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard, Boston, USA y Socios en Salud, Sucursal Perú. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6260-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1452/RE Lima, 25 de noviembre de 2006Visto, el expediente Nº 10914-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las