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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de noviembre de 2006 333674 para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogorresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001 – 2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERÚ consistente en un (1) bulto conteniendo 552 cajas (x 30 bolsitas) de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10685, y 493 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10687, con un peso bruto manifestado de 272 kilos y un peso bruto recibido de 435 kilos, con un valor FOB de US$ 46,208.80 (Cuarenta y seis mil doscientos ocho y 80/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-016294-00 y Volante de Despacho Nº 558654 de fecha 18-Feb-05. Constituye una donación de Partners in Health para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogorresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001 – 2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6260-5 SALUD Modifican D.S. Nº 023-2005-SA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio y derogan artículo del D.S. Nº 007-2006-SA DECRETO SUPREMO Nº 023-2006-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 007-2006-SA; Que, la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del citado Reglamento de Organización y Funciones, fi jo el plazo para la implementación de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud; Que, asimismo, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 023-2005-SA estableció un plazo de 60 días para presentar su Cuadro para Asignación de Personal, el mismo que fue ampliado por 40 días más mediante el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 007-2006-SA, para su aprobación conforme a ley; Que, considerando el cambio de la gestión del Ministerio de Salud, y a fi n de desarrollar un proceso ordenado de implementación del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, es necesario modi fi car algunos artículos de los Decretos Supremos Nº 023-2005-SA y Nº 007-2006-SA; De conformidad con el numeral 8.1 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, estando a lo acordado; DECRETA: Artículo 1º.- Modi fi cación del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 023-2005-SA. Modifíquese el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, como sigue: “Artículo 2º.- Cuadro para Asignación de Personal: El Ministerio de Salud deberá adecuar y presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros para su aprobación conforme a Ley el Cuadro para Asignación de Personal, a más tardar el 30 de noviembre de 2006.” Artículo 2º.- Derogación del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 007-2006-SA: Deróguese el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 007- 2006-SA. Artículo 3º.- Modi fi cación de la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 023-2005-SA: Modifíquese la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2005-SA como sigue: “CUARTA.- La conducción uni fi cada de las funciones de planeamiento y cooperación internacional se efectuará progresivamente de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 28522 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). La O fi cina de Cooperación Internacional que establece el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2007, en tanto la Ofi cina General de Cooperación Internacional continuará con sus funciones. Mediante Resolución Ministerial se dictarán las medidas que se requieran para el normal funcionamiento de las actividades programadas para el año 2006.” Artículo 4º.- Refrendo: El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 6282-2