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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330566El Peruano domingo 15 de octubre de 2006 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005 DE/SG, del 14 Feb 05, establece que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas enestricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos; Que, el Decreto Ley Nº 21148 "Ley de Ascensos para Oficiales del Ejército" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-DE/EP, del 14 Set06, norman el proceso de selección de Oficiales para el ascenso al grado inmediato superior; Que, de conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Presidente de la Repúblicamediante Resolución Suprema otorga los ascensos de los Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y de los Generales de la Policía Nacional, según propuestadel Instituto correspondiente; y, Estando a lo propuesto por el Comité de Selección, a lo recomendado por el señor General de EjércitoComandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar el Ascenso con fecha 1 de enero del 2007 al grado de General de Brigada, al: CORONEL DE INGENIERIA SILVA ALVAN RAUL SILVERIO Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 03120-12 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46._/G41/G50/G20/G61/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G73/G74/G61/G20/G52/G69/G63/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 452-2006-DE/FAP Lima, 14 de octubre de 2006 Visto el Planeamiento de Vuelo al Extranjero del Grupo Aéreo Nº 8; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en el viaje al exterior enComisión de Servicio a la República de Costa Rica, ciudad de San José, del 16 al 17 de octubre de 2006, del Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidadque conformen la tripulación del avión L-100-20 Nº 397, que trasladará ciudadanos peruanos desde el citado país hacia el Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministeriode Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de UrgenciaNº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Costa Rica, ciudad de SanJosé, del Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad que conformen la tripulación del avión L-100-20 Nº 397, que trasladará ciudadanosperuanos desde el citado país hacia el Perú, del 16 al 17 de octubre de 2006: Comandante FAP HUAMAN CORRALES Marcos Moises Jefe de Misión Mayor FAP JERI SANDOVAL Luis Alberto P iloto Mayor FAP SAENZ RABANAL Pedro Gonzalo P iloto Mayor FAP BOURONCLE LUNA Luis Fernando P iloto Mayor FAP VICUÑA TELLO Luis Enrique Dinos P iloto Téc. Insp. FAP R ODRIGUEZ HURTADO Jorge Luis Ing. de Vuelo Téc. 3ra. FAP ESTRADA CALDAS Hector El eazar Ing. de Vuelo Téc. 2da. FAP CABRERA MOTTA Jaime C argo Master Téc. 2da. FAP TORRES SANCHEZ Wilmore Manuel C argo Master TRIPULACIÓN ALTERNA Mayor FAP CERNA BARRA Carlos Eduardo P iloto Téc. Insp. FAP TUESTA RODRIGUEZ Pedro Raul Ing. de Vuelo Téc. 1ra. FAP ANTEPARRA DIOSES Luis Enrique C argo Master Artículo 2º.- El Ministro de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 200.00 x 2 días x 9 personas Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 03120-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 453-2006-DE/FAP-CP Lima, 14 de octubre de 2006Visto el Planeamiento de Vuelo al Extranjero del Grupo Aéreo Nº 8; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Costa Rica, ciudad de San José, del17 al 18 de octubre de 2006, del Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad que conformen la tripulación del avión L-100-20 Nº 397, que trasladará ciudadanos peruanosdesde el citado país hacia el Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Decreto deUrgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Costa Rica, ciudad de San