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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 15 de octubre de 2006 330551REPUBLICADELPERU AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de octubre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 03120-2 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F PCM /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G61 /G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G70/G75/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G49/G6E/G64/GED/G67/G65/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GED/G6F/G20/G43/G6F/G72/G72/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G2C/G20/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G2C/G20/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G2C/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G50/G6C/G75/G73/G70/G65/G74/G72/G6F/G6C/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G4F/G53/G49/G4E/G45/G52/G47/G20/G65/G20/G49/G4E/G44/G45/G50/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2006-PCM Lima, 14 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 67° que el Estado Peruano determina la PolíticaNacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 3 o señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos ysanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos así como el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidadescontenidos en ella; y en su artículo 11º incisos a) y b) se señala que los lineamientos ambientales básicos de las políticas públicas deben orientarse al respeto de ladignidad humana y la mejora continua de la calidad de vida de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las personas y la prevención deriesgos y daños ambientales, así como la prevención y el control de la contaminación ambiental, principalmente en las fuentes emisoras; Que, dado el estado de la salud de la población, los pasivos ambientales existentes y la calidad del ambiente del área de influencia de los Lotes 1 AB y 8 operados porla empresa Pluspetrol Norte S.A., ubicados en las provincias de Alto Amazonas y Loreto, respectivamente, en el departamento de Loreto; se hace necesario elfortalecimiento de los mecanismos de coordinación, vigilancia y fiscalización de los aspectos sociales y ambientales, los mismos que competen a las diversasinstituciones públicas vinculadas al desarrollo del país, en especial en la zona que habitan las comunidades nativas en el área de influencia de los mencionados lotes; Que, con fecha 28 de setiembre del 2006 se creó una Comisión Multisectorial adscrita al Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de estudiar, analizar yproponer mecanismos para mejorar las condiciones socio-ambientales del área de influencia de los Lotes 1 AB y 8, departamento de Loreto, provincias de AltoAmazonas y Loreto; Que, con fecha 13 de octubre del 2006, se ha suscrito el Acta de Acuerdo firmada entre los Apus de lasComunidades Indígenas del Río Corrientes, el Ministeriode Energía y Minas, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de Loreto y la Empresa Pluspetrol Norte S.A., la misma que contiene importantes acuerdos que deben ser cumplidos, lo que demanda acciones de seguimientoy monitoreo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560 y Decreto Supremo N° 094-2006-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1 o.- Ratificar los acuerdos contenidos en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 13 de octubre del2006, entre los Apus de las Comunidades Indígenas del Río Corrientes, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de Loreto y laEmpresa Pluspetrol Norte S.A. la misma que contiene importantes acuerdos. Artículo 2°.- Encargar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG), dentro del ámbito legal de su competencia, el seguimiento y fiscalización del estricto cumplimiento del Acta de Acuerdo a que serefiere el Quinto Considerando de la presente Resolución. Artículo 3 o.- Encargar al INDEPA, dentro del ámbito legal de su competencia, el seguimiento y monitoreo delestricto cumplimiento del Acta de Acuerdo a que se refiere el Quinto Considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 03118-1 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G53/G41 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 274-2006-AG-SENASA La Molina, 13 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA como autoridad nacional busca proteger y mejorar la sanidad agraria, promover y controlar la calidad de semillas, la producción orgánica y la inocuidadagroalimentaria, para el desarrollo sostenible y competitivo del sector a fin de conseguir productos agrarios sanos, competitivos y de calidad para el Perú yel mundo, asumiendo el reto de contribuir al desarrollo nacional con eficiencia, eficacia y calidad; Que, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Reglamento de Organización y funciones – ROF del SENASA, establece entre otras consideraciones, como lineamientos de política del SENASA, el promover lamejora continua del desempeño institucional y alcanzar niveles de excelencia en calidad y oportunidad con que se atienden a los usuarios, beneficiarios y clientes; Que, actualmente las organizaciones reconocen la importancia de implantar e interiorizar una cultura de calidad enfocada a la mejora continua, en la que todoslos miembros de la entidad son elementos necesarios para que funcione como un sistema; Que, la implementación de un sistema de calidad además de hacer más eficientes a las organizaciones las ayuda a evolucionar y genera una nueva cultura de trabajo enfocada hacia la calidad total; Que, conscientes de la importancia de la calidad para conseguir la satisfacción de los usuarios y fortalecer el prestigio institucional como organización que se esfuerzaen brindar sus servicios con valor agregado, es necesario aprobar la Política de Calidad del SENASA; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con las visaciones de los Directores Generales de Asesoría Jurídica, Administración, Planificación y Desarrollo Institucional,Sanidad Vegetal, Sanidad Animal e Insumos agropecuarios e Inocuidad agroalimentaria;