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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330552El Peruano domingo 15 de octubre de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Política de Calidad del SENASA, según las especificaciones consignadas en elAnexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Crear el Comité de Calidad como responsable de la gestión y aplicación de la Política de Calidad, el cual estará integrado por: - Jefe Nacional, quien lo presidirá. - Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, quien acturá como Representante del Jefe Nacional en el Sistema de Gestión de la Calidad. - Director General de la Oficina de Administración. - Director General de Sanidad Vegetal. - Director General de Sanidad Animal.- Director General de Asesoría Jurídica. - Director Ejecutivo de Lima Callao. - Director de la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal. - Director de la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Animal. Cuando el Comité lo requiera, solicitará la participación de otros miembros de la Institución. Artículo 3º.- Son funciones del Comité de Calidad: - Gestionar la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad. - Identificar la necesidad de recursos para mejorar continuamente la eficacia del Sistema de Gestión de laCalidad. - Elaborar y mantener el Manual de la Calidad. - Monitorear la ejecución del Plan Estratégico y del Plan Operativo Anual. - Revisar el Programa de Auditorías Internas. - Evaluar periódicamente el estado de las no conformidades, la implantación de acciones correctivas y preventivas y el desarrollo de las actividades para la mejora continua. - Evaluar la data sobre quejas, sugerencias y la satisfacción de los usuarios. - Apoyar a la Jefatura Nacional en la ejecución de la revisión del Sistema de Gestión de la Calidad - Promover la toma de conciencia de las exigencias del usuario. - Las demás que sean identificadas por el Comité de Calidad, siempre que sean necesarias para el cumplimiento de la Política de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ R. ESPINOZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO POLÍTICA DE CALIDAD DEL SENASA El Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura y Autoridad Nacional y oficial del Perú en materia de Sanidad Agraria, Semillas y Producción Orgánica, ha implementado unSistema de gestión de la calidad ISO 9001 para los procesos de: elaboración de normas de sanidad vegetal y sanidad animal, autorización de ingreso y certificación fito yzoosanitario, diagnóstico en sanidad animal, diagnóstico en sanidad vegetal. Con el fin de mostrar su compromiso con la calidad, la Jefatura Nacional del SENASA ha establecido los siguientes lineamientos de gestión: - Emitir disposiciones oportunas para proteger y mejorar la sanidad agraria, promover y controlar la calidad de semillas,la producción orgánica y la inocuidad agroalimentaria, para el desarrollo y competitividad del sector.- Brindar servicios de manera oportuna, eficaz y confiable, cumpliendo con los dispositivos legales a fin de garantizarla satisfacción de los usuarios y la sostenibilidad institucional. - Fortalecer las competencias profesionales del personal y la calidad del entorno laboral a fin de contar con personal competente y comprometido con la calidad. - Gestionar los recursos necesarios para apoyar la ejecución, seguimiento y mejora continua del Sistema de Gestión dela Calidad. Jefatura Nacional 03099-1 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20 /G79/G20 /G64/G65/G20 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20 /G70/G61/G72/G61/G69/G6D/G70/G75/G6C/G73/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G41/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G64/G65 /G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G4E/GBA/G20/G33/G38 /G63/G6F/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 330-2006-MINCETUR/DM Lima, 13 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo público competente paradefinir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales,en coordinación con los sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, del 17 al 18 de octubre del año en curso, se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, una visita de prospección comercial para impulsar el uso de los beneficios de la Ampliación del Acuerdo deComplementación Económica N° 38, a la que asistirá la Titular del Sector; Que, durante dicha visita se tomará contacto con las principales instituciones estatales y privadas chilenas de apoyo a la inversión e intercambio comercial, y se llevarán a cabo ruedas de negocios con empresarioschilenos interesados en la oferta exportable peruana, con el fin de incrementar significativamente nuestras exportaciones e inversiones; Que, por ser de interés institucional, se considera necesario autorizar el viaje de la señorita Elizabeth Poma Hermoza, profesional que presta servicios en elViceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participe en dicha visita de prospección comercial; De conformidad con la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619, que regula los viajes al exteriorde los servidores y funcionarios públicos, modificada por el Decreto de Urgencia N° 006-2006 y la Ley N° 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,modificado Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, de la señorita Elizabeth Poma Hermoza, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, del 16 al 19 de octubre de 2006, para queen representación del MINCETUR, participe en la visita de prospección comercial a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdoal siguiente detalle: