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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329022El Peruano viernes 29 de setiembre de 2006 Artículo 2º.- Comisión Especial Constitúyase una Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de losíndices de distribución del Programa del Vaso de Leche,la misma que estará compuesta por los siguientesmiembros: - Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo presidirá; - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante del Ministerio de Agricultura; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Un representante del Consejo Nacional de Descentralización; - Un representante de la Sociedad Civil propuesto por la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza; - Uno o más representantes de las organizaciones de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche,debidamente constituidas y acreditadas como tales. Artículo 3º.- Reconocimiento Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se reconocerán losrepresentantes de la sociedad civil y de lasorganizaciones de beneficiarios ante la Comisión Especialseñalada en el artículo anterior. Artículo 4º.- Recursos del Programa del Vaso de Leche para el Año 2007 Para el Año Fiscal 2007 se asignarán los recursos comunicados por el Ministerio de Economía y Finanzasa cada Gobierno Local mediante Resolución DirectoralNº 01-2006-EF/65.01, para la formulación del Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2007. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 02554-3 AGRICULTURA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G61/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G6F/G72/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1232-2006-AG Lima, 28 de setiembre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1547-2006-CG/OCI-GSNC del 21 de setiembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del Visto, la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la ContraloríaGeneral de la República comunica a este Ministerio, que el Ing. Rafael Gustavo Cussianovich Rodríguez,Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) delMinisterio de Agricultura, hará efectivo su períodovacacional desde el 25 de setiembre al 6 de octubre de2006; Que, la mencionada comunicación se encuentra emitida de conformidad con el artículo 26º y el literal c)del artículo 27º del Reglamento de Órganos de ControlInstitucional, aprobado por Resolución de ContraloríaNº 114-2003-CG; Que, a fin de garantizar el desarrollo normal de las actividades inherentes al Órgano de Control Institucional, se ha considerado necesario formalizar el encargopropuesto por la Contraloría General de la República,mientras dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, y la Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, con efectividad al 25 de setiembre hasta el 6 de octubre de 2006, la Jefatura delÓrgano de Control Institucional (OCI) del Ministerio de Agricultura, a la CPC BETTY MARÍA ZENTENO GONZÁLES, Supervisora General del Órgano de ControlInstitucional (OCI) del Ministerio de Agricultura, mientrasdure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 02539-1 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65 /G79/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65 /G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G4E/G41/G43/G53/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 153-2006-AG-CONACS Lima, 15 de setiembre de 2006 VISTO: El Informe Nº 048-2006-AG-CONACS/ABAS, del 8 de setiembre del 2006, de la Oficina de Abastecimiento del CONACS y el Informe Nº 056-2006-AG-CONACS/ OAJ, del 12 de setiembre del 2006, de la Dirección Generalde Asesoría Jurídica del CONACS; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se creó el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos- CONACS, como Organismo Público Descentralizadodel Ministerio de Agricultura, con personería jurídica dederecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1111-2006- AG de fecha 23 de agosto del 2006, el Ministro deAgricultura establece que la sede institucional principaldel Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS del Ministerio de Agricultura será en la ciudad de Puno, departamento de Puno, fijando como plazo parasu cumplimiento antes del 31 de diciembre del 2006, bajoresponsabilidad; cuya fecha fue precisada hasta el 27de setiembre del 2006 según el Oficio Nº 2129-2006-AG-SEGMA, emitido por la Secretaría General del Ministerio de Agricultura; Que, en mérito a la acotada Resolución Ministerial, la Oficina de Administración del CONACS mediante Informe