Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2006 (29/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano viernes 29 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

329027

Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 179-2006-DGE-CEL, complementado con el Informe Nº 232-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ELECTRONORTE S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en las zonas de concesion del Pequeno Sistema Electrico Carhuaquero I Etapa, ubicado en los distritos de Pucala, Chongoyape, Tocmoche, Miracosta, San MORDAZA de Licupis y Llama, provincias de Chiclayo y Chota, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion otorgada, comprende las siguientes zonas de concesion, segun las especificaciones obrantes en el expediente:
ZONAS DE CONCESION DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO PLANO Nº

habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 02554-4

Imponen servidumbre de electroducto para linea de transmision a favor de concesion definitiva de transmision de la que es titular Compania Minera Poderosa S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 450-2006-MEM/DM MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO: El Expediente Nº 21184506, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto para la linea de transmision de 60 kV SE MORDAZA MORDAZA (Cajabamba) - SE MORDAZA (Pataz), organizado por Compania Minera Poderosa S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 01204769 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima; CONSIDERANDO: Que, Compania Minera Poderosa S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 60 kV SE MORDAZA MORDAZA (Cajabamba) ­ SE MORDAZA (Pataz), en merito de la Resolucion Suprema Nº 042-2005-EM, publicada el 15 de MORDAZA de 2005, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto para dicha Linea de Transmision, ubicada en el distrito y provincia de Cajabamba del departamento de MORDAZA y los distritos de Cochorco, Sartimbamba, Chugay, Marcabal y Pataz, provincias de MORDAZA MORDAZA y Pataz, del departamento de La MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, Compania Minera Poderosa S.A. ha cumplido con efectuar a los propietarios el pago por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios en razon de la servidumbre; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado sobre el que tambien pasa un tramo de la referida linea de transmision; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 218-2006-DGE-CEL;

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Licupis Miracosta Llacaden Tocmoche Limoncarro Maychil Potrerillo MORDAZA MORDAZA Huanabal

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chota Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo Chiclayo

San MORDAZA de Licupis Miracosta Tocmoche Tocmoche Llama Llama Llama Llama Llama Llama Llama Llama Llama Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Chongoyape Pucala

Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 02 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02 Carhua - D 01 de 02

10 Bocatoma 11 Carniche A. 12 Carniche B. 13 Racarrumi 14 Oberrazal 15 Paredones 16 MORDAZA Parada 17 MORDAZA MORDAZA 18 Tinajones 19 Tablazos 20 Cuculi 21 Bomba Wadington 22 Boca de Tigre Wadington 23 Jacobita - Pampagrande 24 Caballo B. MORDAZA

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 279-2006 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ELECTRONORTE S.A., el que consta de 18 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Nº 279-2006, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias

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