Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344247

Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que aprobo modificar el Plan de Promocion del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en el Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla"
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2007-EF MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 159-2001EF se ratifico el acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, mediante el cual se aprobo la entrega en concesion al sector privado del Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla" de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 195-2003-EF se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, conforme al cual se aprobo modificar el plan de promocion respectivo, estableciendose que el proyecto sera promovido bajo el MORDAZA legal del Decreto Legislativo Nº 674, definiendose como modalidad aplicable la establecida en el Literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha veinte de marzo del 2007, se aprobo la modificacion del Plan de Promocion del Proyecto Turistico "El Chaco-La Puntilla", disponiendose que la modalidad de promocion de la inversion privada en el Lote E, ubicado en el extremo sur del terreno correspondiente al citado proyecto, sera la de usufructo, en aplicacion de lo dispuesto en el literal c) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, el cual operara luego que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo transfiera la propiedad del referido Lote E a la Municipalidad Distrital de Paracas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo referido en el considerando precedente debe ser ratificado por Resolucion Suprema; Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION en su sesion del veinte de marzo del 2007, conforme al cual se aprobo modificar el Plan de Promocion del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en el Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 54442-7

la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, establece que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los Articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, los Articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 017-2007-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT, segun el Oficio Nº 170-2007-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 146-2007-SE-DGPU/DEEI, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del Articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de marzo de 2007, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 1572004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y las normas modificatorias y complementarias correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de marzo de 2007, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de marzo de 2007 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el Articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de marzo de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 250-2007-EF/15 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley Nº 28323, se establece

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.