Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2007 (27/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de agosto de 2007

Regulan horario de funcionamiento de MORDAZA y/o lozas deportivas en el distrito de Lince
ORDENANZA Nº 192-2007-MDL Lince, 17 de agosto del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal; y Asuntos Legales de fecha 15.08.07, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE MORDAZA Y/O LOZAS DEPORTIVAS EN EL DISTRITO DE LINCE CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo Primero.- El objetivo de la presente Ordenanza es establecer los horarios de funcionamiento de los MORDAZA y/o lozas deportivas dentro de la jurisdiccion del distrito de Lince. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza sera de aplicacion para toda persona natural o juridica, publica o privada que administre el funcionamiento de MORDAZA y/o lozas deportivas dentro de la jurisdiccion del distrito de Lince. CAPITULO II DEL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO Articulo Tercero.- Establecer el horario de funcionamiento de MORDAZA y/o lozas deportivas, en el distrito de Lince, a partir de las 08:00 horas hasta las 22.00 horas. CAPITULO III DE LA SEGURIDAD Articulo Cuarto.- Los administradores de los MORDAZA y/o lozas deportivas deberan contar con las medidas y/o condiciones de seguridad, que permitan garantizar el normal desarrollo de sus actividades, y preservar la integridad fisica de los asistentes. CAPITULO IV DE LAS SANCIONES Articulo Quinto.- Incluyase en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Lince las siguientes infracciones:
CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION PECUNIARIA 15014 FUNCIONAMIENTO DE MORDAZA O LOZAS DEPORTIVAS FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO NO CONTAR CON LAS MEDIDAS Y/O CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS MORDAZA Y/O LOZAS DEPORTIVAS REINCIDENCIA EN EL FUNCIONAMIENTO DE MORDAZA O LOZAS DEPORTIVAS FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO 50% UIT SANCION NO PECUNIARIA CIERRE TEMPORAL

Articulo Sexto.Las Autorizaciones de Funcionamiento otorgadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran a los horarios y parametros establecidos el presente dispositivo normativo. Articulo Septimo.- Delegar en el MORDAZA de la Municipalidad de Lince la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 03 de Setiembre del 2007. Articulo Noveno.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y a la Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 100641-2

Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Lince
ORDENANZA Nº 193-2007-MDL Lince, 17 de agosto del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Economia y Administracion; y Asuntos Legales de fecha 15.08.07, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE LINCE Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario a llevarse a cabo el dia 13 de Octubre del 2007, en el local sito en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 665, en la jurisdiccion del distrito de Lince. Articulo Segundo.- Exonerar de los derechos de Apertura de Pliego Matrimonial y Celebracion de Matrimonio Civil, establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a las parejas que participen en el II Matrimonio Civil Comunitario, estableciendo un pago unico de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) Articulo Tercero.- Mediante Decreto de Alcadia se dictaran las disposiciones necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en cuanto sea de su competencia. POR TANTO:

15015

50% UIT

CIERRE TEMPORAL

Registrese, comuniquese y cumplase.
100% UIT CIERRE DEFINITIVO

15016

MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 100641-3

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