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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (27/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de agosto de 2007 352277 conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG, en lo que resulte aplicable, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demás normas que sean pertinentes. Artículo Tercero.- La sociedad de auditoría deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Califi cadas para la Designación y Contratación de Auditorías en las Entidades sujetas a Control de la Contraloría General. Artículo Cuarto .- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría y al Departamento de Auditoría Financiera, órgano dependiente de la Gerencia del Sector Económico, la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 100811-1 Formalizan separación definitiva del cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, por renuncia, del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna y de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 275-2007-CG Lima, 24 de agosto de 2007Visto, la Hoja de Recomendación Nº 057-2007- CG/OCI emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por Ley Nº 28557, la Contraloría General de la República regula la separación de fi nitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional de acuerdo a las causales, procedimientos e incompatibilidades que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modi fi cado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el literal c) del numeral 2.1 de su Primera Disposición Transitoria, que la separación de fi nitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional se efectúa por la Contraloría General de la República, procediendo a su formalización en caso de renuncia; Que, mediante Resolución Directoral Nº 108-99- INADE-8600 se designó al CPC Rosendo Albino Bardales Clemente en el cargo de Jefe de la O fi cina de Control Institucional del Proyecto Especial A fi anzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna; Que, mediante O fi cio Nº 525-2007-GRT-PET-GG el citado Proyecto informó a este Organismo Superior de Control la renuncia del CPC Rosendo Albino Bardales Clemente en el cargo de Jefe de la O fi cina de Control Institucional, remitiendo copia autenticada de la respectiva renuncia y de la Resolución Gerencial Nº 107-2007-GG-PET del 17.Abr.2007, mediante la cual se acepta la renuncia y se exonera del plazo de ley previsto en el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 026-98- EMAPAT-GG se designó al CPC Luís Ricardo Baca Reyes, en el cargo de Director del Órgano de Control Institucional de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata-EMAPAT; Que, mediante O fi cios Nºs. 049 y 193-2007- GG-EMAPAT S.R.L. la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata - EMAPAT informó a la Contraloría General de la Republica la renuncia del CPC Luís Ricardo Baca Reyes en el cargo de Director del Órgano de Control Institucional de la referida entidad, remitiendo copia autenticada de la respectiva renuncia y de la Resolución Gerencial Nº 010-2007-EMAPAT-S.R.L mediante la cual se acepta la misma con efectividad al 26.Ene.2007; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley Nº 28557, y a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modi fi cado por Resolución de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar la separación de fi nitiva del cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, por renuncia, de los siguientes profesionales: - C.P.C. Rosendo Albino Bardales Clemente, con efectividad al 17.Abr.2007, del Proyecto Especial Afi anzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna. - C.P.C. Luís Ricardo Baca Reyes, con efectividad al 26.Ene.2007, de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 100811-2 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Chucuito y Quichuay y de SEDAPAR S.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 276-2007-CG Lima, 24 de agosto de 2007VISTO, el Informe Especial Nº 137-2007-CG/ ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Chucuito, provincia de Puno, por el período 01.ENE.2003 - 31.DIC.2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control no programada a la Municipalidad Distrital de Chucuito, provincia de Puno, a fi n de determinar el cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus aspectos administrativos y operativos, referidos a la adquisición de bienes y contratación de servicios, ejecución de obra, ejecución presupuestal del Foncomún; incluyendo la veri fi cación de presuntas irregularidades denunciadas por ciudadanos; Que, como resultado de la acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado que el Concejo Municipal, abusando de sus atribuciones, aprobó por unanimidad la construcción de un nuevo cerco perimétrico en el Centro Arqueológico INCA UYO, sin contar con Expediente Técnico aprobado por las áreas competentes del municipio y sin autorización previa a su ejecución, por parte del Instituto Nacional de Cultura - INC, órgano competente para la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; ente que inclusive informó a la municipalidad, antes de la ejecución, la imposibilidad de realizar trabajos en dicha zona intangible; no obstante ello, en el período 2005, se ejecutó la obra, excavando zanjas dentro del antiguo