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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2007 359981 Que, el inciso 1 del artículo 137º de la Constitución Política del Perú establece que la prórroga del estado de emergencia requiere de nuevo decreto; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1º.- Prórroga del estado de emergencia Prorrogar por el término de sesenta (6=9 días, a partir del 14 de diciembre de 2007, el estado de emergencia en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; y las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima. Artículo 2º.- Ejecución de Acciones La Presidencia del Consejo de Ministros, los ministerios de Agricultura, Salud, Vivienda, Construcción y saneamiento, de la Producción, de Transportes y Comunicaciones, de la Mujer y Desarrollo Social, de Educación, de Energía y Minas, de Defensa, de Economía y Finanzas, Y de Trabajo y Promoción del Empleo, así como el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; ESSALUD; los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales respectivos, continuarán ejecutando las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Artículo 3º.- Refrendo ministerial El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de la Producción, la Ministra de Transportes y Comunicaciones , la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Educación, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RAFAEL REY REY Ministro de la Producción VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 143417-1Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la SUNASS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 284-2007-PCM Lima, 13 de diciembre de 2007VISTO: El Ofi cio Nº 553-2007-SUNASS-030 de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, el Informe Nº 090-2007-PCM-SGP.IVC, adjunto al Memorándum Nº 426-2007-PCM/SGP, y el Informe Nº 101-2007-PCM-SGP-RCC, adjunto al Memorándum Nº 495-2007-PCM/SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, establece que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS es un organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, los artículos 14º y 15º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, disponen que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP de los organismos públicos descentralizados del Gobierno Nacional se aprueban mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, habiéndose elaborado el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, el mismo que conforme se aprecia de los informes de visto, cuenta con opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, resulta pertinente expedir la Resolución correspondiente; Que, asimismo, mediante el inciso f) del artículo 4º de la Ley Nº 29035 se exceptuó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS de la prohibición de ingreso de personal en la condición de nombrado o contratado, según corresponda, dispuesta en el artículo 4º numeral 2 de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a fi n que pueda contratar once (11) plazas vacantes ya existentes y presupuestadas en su CAP y en su Presupuesto Analítico de Personal, así como aquellas que se incorporen y se encuentren debidamente presupuestadas con recursos propios, con el objeto de garantizar el cabal cumplimiento de las funciones que le asigna la ley, atendiendo al incremento de su carga laboral, previo concurso público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, que como anexo forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS podrá realizar las acciones de personal necesarias para cubrir los cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP que se aprueba mediante la presente Resolución, siempre que las plazas respectivas se encuentren debidamente presupuestadas con recursos propios. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 002-2006-PCM. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución Suprema en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la SUNASS. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros