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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361634 para adquirir vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; con la fi nalidad que le permita la adquisición de una (1) camioneta, que se utilizará en la ejecución de las obras programadas en los 21 sectores del distrito de Kcosñipata; Que, mediante Informe Nº 57 MDK.OPP, y ampliado posteriormente por el Informe Nº 58-2007-MDK.OPP, la Ofi cina de Planifi cación de la Municipalidad Distrital de Kcosñipata, certifi ca que dicha institución cuenta con los recursos de S/. 170,141.72 (Ciento Setenta Mil Ciento Cuarenta y Uno y 72/100 Nuevos Soles), para la adquisición de una (1) camioneta valorizada en S/. 90,013.11 (Noventa Mil Trece y 11/100 Nuevos Soles), de acuerdo a la siguiente Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos: Función : 16 Transportes Programa : 052 Transporte TerrestreSub Programa : 0145 Caminos RuralesProyecto : 2013188 Rehabilitación de Caminos Urbanos y Rurales Componente : Fortalecimiento e Implementación de la Capacidad Operativa del Pull de Maquinaria de la Municipalidad Distrital de Kcosñipata Finalidad : Adquisición de camioneta 4x4 Turbo DieselMeta : Una (1) camioneta 4x4 Turbo Diesel Cadena de GastoCategoría : 6 Gastos de Capital Grupo : 5 InversionesModalidad : 11 Aplicaciones Directas Especí fi ca : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, a la Municipalidad Distrital de Kcosñipata de la provincia de Paucartambo del departamento del Cusco, con la fi nalidad que le permita adquirir una (1) camioneta, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Kcosñipata es responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de la camioneta referida en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 147410-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 329-2007-PCM Lima, 28 de diciembre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 0103-2007-MDA, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asunción de la provincia y departamento de Cajamarca, solicita la emisión de la Resolución Suprema de exoneración de la prohibición para adquirir vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; con la fi nalidad que le permita la adquisición de una (1) camioneta 4x4 doble cabina, para uso exclusivo del área de obras de dicha Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 006-2007-PPTO-MDA el CPC Lennin Rodríguez Castillo, encargado del área de Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Asunción, certifi ca que la adquisición de una (1) camioneta cuenta con la disponibilidad presupuestal de S/. 85,340.00 (Ochenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) de la fuente de fi nanciamiento recursos determinados, rubro FONCOMUN, la misma que se encuentra en la siguiente cadena funcional programática: Función : 03 Administración y Planeamiento Programa : 003 AdministraciónSub Programa : 0006 Administración GeneralActividad : 1000267 Gestión AdministrativaComponente : 3000693 Gestión AdministrativaMeta : 00886 Gerenciar Recursos materiales, humano y fi nancieros Cadena de GastoCategoría : 6 Gastos de Capital Grupo : 7 Otros Gastos de CapitalModalidad : 11 Aplicaciones Directas Especí fi ca : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, a la Municipalidad Distrital de Asunción de la provincia y departamento de Cajamarca, con la fi nalidad que le permita adquirir una (1) camioneta 4x4 doble cabina, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Asunción es responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de la camioneta referida en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 147410-9