Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2007 (03/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

348314
Empresas Aportantes Emsemsa Hidrandina Luz del Sur Seal Electro Pangoa 10,381 -

NORMAS LEGALES
Empresas Receptoras Electro MORDAZA Electro Sur Este 17,956 124,757 8,804 Electro Sur Medio -

El Peruano MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2007

Electro Ucayali -

Electrocentro 1,252 8,699 614

Empresas Aportantes Atocongo Cahua Conenhua Edegel Eepsa Egasa Egemsa Egenor Electro Andes Electroperu Enersur Minera MORDAZA San Gaban Shougesa Termoselva Adinelsa Chavimochic Coelvisa Edecanete Edelnor Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Sur Medio Electro Tocache Electro Ucayali Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Hidrandina Luz del Sur Seal

Electronorte 18,809 4,742 3,583 5,052 6,529 13,976 23,844 4,431 4,302 9,229 43,555 1,414 5,248 949 6,557 81,374 2,055 6,420 44,603 3,148

Emseusa 2,253 568 429 605 782 1,674 2,856 531 515 1,105 5,217 169 629 114 785 246 769 5,343 377

Empresas Receptoras Hidrandina 53,728 -

Seal 69,961

Sersa 6,357 1,603 1,211 1,707 2,207 4,724 8,059 1,498 1,454 3,119 14,721 478 1,774 321 2,216 695 2,170 15,076 1,064

Articulo 2°.- A efectos del Programa de Transferencia correspondiente al mes de junio del 2007 y en adelante, se autoriza a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, a publicar en la pagina Web de modo mensual y notificar, los programas de transferencias para la aplicacion del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 78993-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran en situacion de emergencia la MORDAZA Altoandina de la Region Tacna
ACUERDO DE CONSEJO Nº 017-2007-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 22 de junio del 2007

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA: CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 197° de la Constitucion Politica del Peru, "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, "promueven el desarrollo y la economia regional; fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo"; Que, articulo 51° literales a), k) y p) de la Ley N° 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, senala como funciones especificas de los Gobiernos Locales, "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar

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