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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2007 (14/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349107 el Artículo 14º del Reglamento, el Organismo Promotor de la Inversión Privada, en caso de tratarse de un Gobierno Local o Regional, podrá solicitar a su órgano de línea competente en la materia, la previa emisión de informes vinculados a la evaluación del proyecto de inversión propuesto. Estos informes únicamente podrán ser requeridos a título de consulta, no tendrán carácter vinculante; Que, mediante Carta Externa Nº 18085-2007 de fecha 22 de mayo de 2007 la empresa Paneles Napsa S.A. presenta ante la Municipalidad de Mira fl ores la Iniciativa Privada denominada “Implementación y Explotación del Servicio Mobiliario Urbano en el Distrito de Mira fl ores”; Que, con fecha 22 de mayo de 2007, la empresa Paneles Napsa S.A. presenta ante la Municipalidad de Mira fl ores una propuesta complementaria, según Carta Externa N° 18085-2007; Que, mediante Informe Nº 76-2007-GIU/MM, de fecha 3 de julio de 2007 la Gerencia de Infraestructura Urbana mani fi esta que la iniciativa privada presentada otorga mayores posibilidades de confort y seguridad a los usuarios y vecinos del distrito e incluso la calidad del mobiliario instalado, complementariamente a los proyectos de mejoramiento vial y de renovación urbana integral contenida en el Plan de Gobierno de la presente gestión generaría una revalorización del patrimonio inmobiliario de las propiedades en bene fi cio de los vecinos. En tal sentido y teniendo en cuenta las conveniencias de la iniciativa antes mencionada y a la reserva que tiene la Municipalidad de controlar y fi scalizar las ubicaciones, cantidad del mobiliario propuesto, así como la evaluación de los costos, y fi nalmente la veri fi cación del contenido de la publicidad conforme se indica en la aclaración planteada por la empresa proponente; Que, mediante Informe Nº 364-2007-MM-OAJ, de fecha 3 de julio de 2007 la O fi cina de Asesoría Jurídica opina en el sentido que la Iniciativa Privada presentada por la empresa Paneles Napsa S.A. sea sometida al Concejo Municipal para su determinación; Que, la Iniciativa Privada denominada “Implementación y Explotación del Servicio Mobiliario Urbano en el Distrito de Mira fl ores” establece que la modalidad a través de la cual se llevará a cabo el proceso de promoción de la inversión privada será el de concesión, el cual deberá llegar luego de un Concurso de Proyectos Integrales, dado que la empresa cuenta con lo estudios y proyectos necesarios; Que, los objetivos del proyecto serán el dotar a la comuna de Mira fl ores de servicios adicionales a los que hoy se dan, como información municipal, información horaria, refugio en la espera del transporte público, espacio de relax, descanso y ejercitación física, módulo de ventas de acuerdo a las necesidades del distrito, posibilitar una ciudad más moderna, segura y ordenada, mejorar la calidad de vida de los habitantes de Mira fl ores, permitir que la Municipalidad de Mira fl ores implemente servicio a su comuna sin necesidad de invertir en dicha dotación; Que, sin perjuicio de señalar que los objetivos antes mencionados conllevan bene fi cios para la ciudadanía a través de la implementación que se pretende realizar traerá un desarrollo integral a la comuna colocándola a la par de otras modernas ciudades del mundo; Que, el valor estimado de la inversión privada se calcula en US$ 2`237,554.00 (Dos millones doscientos treinta y siete mil quinientos cincuenta y cuatro y 00/100 Dólares Americanos); Que, dentro del plan de fi nanciamiento y otros elementos de análisis económico y fi nanciera se establece que la obra y sus costos será fi nanciada con recursos propios de la empresa; Que, la Iniciativa Privada denominada “Implementación y Explotación del Servicio Mobiliario Urbano en el Distrito de Mira fl ores” propone que el sistema de recuperación de la inversión sea a través de la explotación de publicidad exterior a través del mobiliario urbano con carácter de exclusividad en el ámbito mira fl orino y por el plazo de diez (10) años desde la fecha de suscripción del contrato de concesión; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 11) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó el siguiente;ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la Iniciativa Privada presentada por la empresa PANELES NAPSA S.A., denominada “IMPLEMENTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO MOBILIARIO URBANO EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES” bajo la modalidad de Participación de la Inversión Privada “Contrato de Concesión” el cual sería adjudicado a título gratuito, de conformidad con lo regulado en el Reglamento de la Ley Nº 28059, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Decreto Supremo N° 013-2007-PCM y demás normas aplicables, dándosele el trámite que corresponda de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 83825-5 Aprueban relación de principales contribuyentes de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2007-MM EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución del Perú, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa y promueve el desarrollo integral de sus circunscripciones; Que, el artículo 195° de la Constitución del Perú dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo 55° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 señala que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio. El patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; Estando a lo opinado por la Gerencia de Rentas, según Informe N° 28-2007-GR/MM, O fi cina de Asesoría Jurídica, según Informe N° 272-2007-OAJ/MM y al Memorando N° 125-2007-GM/MM, emitido por la Gerencia Municipal; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APRUÉBESE la relación de PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES, la misma que en Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, con la reserva tributaria que debe observarse de acuerdo a ley. Dado en el Palacio Consistorial de Mira fl ores a los ocho días del mes de junio de dos mil siete. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 83825-1 Establecen disposiciones para la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2007 denominado “Boda Comunitaria en Miraflores” DECRETO DE ALCALDÍA N° 014-2007-MM EL ALCALDE DE MIRAFLORES