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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2007 350259 Nº NOMBREGOBIERNO REGIONAL RECEPTOR 18 Centro Piscícola “Sauce” San Martín 19 Piscigranja Demostrativa de Oasis San Martín20 Centro Piscícola “Mashuyacu” San Martín21 Piscigranja Comunal de Jepelacio San Martín 4. GOBIERNOS LOCALES Se detalla a continuación la relación de Gobiernos Locales considerados para la transferencia de los 7 módulos de comercialización de especies hidrobiológicas, del Ministerio de la Producción, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM: MÓDULOS DE COMERCIALIZACIÓN DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS A SER TRANSFERIDOS A LOS GOBIERNOS LOCALES Nº NOMBREGOBIERNO LOCAL RECEPTOR 1 Módulo de Comercialización de HuancabambaMunicipalidad Provincial de Huancabamba 2Módulo de Comercialización de Chulucanas – MorropónMunicipalidad Provincial de Chulucanas 3 Módulo de Comercialización de MoyobambaMunicipalidad Provincial de Moyobamba 4 Módulo de Comercialización de Canta Municipalidad Provincial de Canta 5 Módulo de Comercialización de QuillabambaMunicipalidad Provincial de La Convención 6 Módulo de Comercialización de SicuaniMunicipalidad Provincial de Canchis 7 Frigorí fi co Pesquero Puerto Maldonado Municipalidad Provincial de Tambopata (…) 5.11 El proceso de transferencia concluye con la dación del respectivo Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de la Producción, a más tardar el 28 de setiembre de 2007.” Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 90061-1 Autorizan realizar transferencias financieras de recursos a favor de las Municipalidades Distritales de Pangoa, Los Morochucos y Quisqui y de la Municipalidad Provincial de Satipo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2007-PCM Lima, 27 de julio de 2007Visto el O fi cio Nº 507-2007-MDP/A suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín, mediante el cual alcanza el Formato SNIP Nº -03: Per fi l Simpli fi cado - PIP Menor correspondiente al estudio de pre-inversión a nivel de Per fi l “CONSTRUCCION DE USO MULTIPLES EN LA COMUNIDAD NATIVA SAN ANTONIO DE SONOMORO, DISTRITO DE PANGOA - SATIPO - JUNIN”; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modi fi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático;Que, la Ley Nº 28592 crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR y su Reglamento el D.S. Nº 015-2006-JUS establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a a fi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), como ente encargado de la elaboración, coordinación y supervisión de los Programas del PIR ha aprobado, en su Octogésima Cuarta Sesión, priorizar la ejecución del Programa de Reparaciones Colectivas en el presente Año Fiscal, mediante Transferencias Financieras a los Gobiernos Locales y la intervención en 440 centros poblados rurales; Que, según Memorándum Nº 109-2007-PCM/CMAN, el Secretario Ejecutivo de la CMAN, solicita el trámite de aprobación del Proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera de recursos hasta por el importe de S/. 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA, provincia de Satipo, departamento de Junín, para la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCION DE USO MULTIPLES EN LA COMUNIDAD NATIVA SAN ANTONIO DE SONOMORO, DISTRITO DE PANGOA - SATIPO - JUNIN”, con código SNIP Nº 54020, sobre la base de la declaración de viabilidad emitida según el Informe Técnico: FORMATO Nº 05 SNIP- Nº 16 de fecha 26 de junio de 2007, consignada en el FORMATO SNIP-03; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fi scal 2007, establece que: “Cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Para el cumplimiento de lo señalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional”; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias fi nancieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de acuerdo al Reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF de fecha 12.07.2007, dentro de la Actividad 1.021325 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, existe Crédito Presupuestario por un importe de S/. 29 000 000,00 para la atención de transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Que, de acuerdo al Convenio suscrito entre el Gobierno Local de la Municipalidad Distrital de Pangoa y la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, de fecha 29.06.07, se establecen las condiciones para la transferencia fi nanciera de los referidos Fondos Públicos; Contando con la visación de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica