Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2007 (28/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350275

el asiento B 0001 de la Partida Nº 03021511 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica "La Virgen"; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 253-2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 060-2005-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de octubre de 2005, se otorgo a favor de Peruana de Energia S.A.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica La Virgen, que se ubicara en el departamento de MORDAZA, utilizando los recursos hidricos de los MORDAZA Tarma y Quebrada Guayabal, con una capacidad instalada de 58 MW; Que, en virtud de ello, fue suscrito el Contrato de Concesion Nº 253-2005, elevado a Escritura Publica el 21 de noviembre de 2005, mediante el cual, entre otros aspectos, se establecio la obligacion de Peruana de Energia S.A.A. de iniciar la ejecucion de las obras el 1 de enero de 2006, debiendo culminar con la puesta en operacion comercial de la citada central el 30 de MORDAZA de 2008, conforme el Calendario de Ejecucion de Obras que Peruana de Energia S.A.A. propuso y que forma parte integrante del referido contrato; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28447 que, entre otros aspectos, modifico el literal b) del articulo 36º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844, senalando que la concesion caduca cuando el concesionario no realice estudios y/o no ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor o razones tecnico-economicas debidamente acreditadas y aprobadas por el Ministerio de Energia y Minas; Que, en merito de la referida modificacion legislativa que incorporo a las razones tecnico-economicas debidamente acreditadas y aprobadas por el Ministerio de Energia y Minas como una nueva excepcion a la causal de caducidad por incumplimiento del Calendario de Ejecucion de Obras, con fecha 4 de agosto de 2006, Peruana de Energia S.A.A. solicito la modificacion del citado Contrato para ampliar el plazo de inicio de ejecucion de obras, y la ampliacion de la potencia instalada a 64 MW; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 5892006-MEM-DM de fecha 12 de diciembre de 2006, el Ministerio de Energia y Minas aprobo las razones tecnicos-economicas en las que Peruana de Energia S.A.A. sustento su incumplimiento con el Calendario de Ejecucion de Obras previsto en el Contrato; Que, tomando en consideracion lo senalado de manera precedente, resulta pertinente aprobar la solicitud de Peruana de Energia S.A.A. MORDAZA aludida, a efectos que se incluya las referidas modificaciones al Calendario de Ejecucion de Obras, el cual tambien sera incorporado como Anexo Nº 4 del referido contrato; Que, asimismo, es procedente modificar la Clausula Decimo Primera del Contrato a efectos de incorporar la obligacion de Peruana de Energia S.A.A. de presentar en la fecha de inicio de ejecucion de las obras conforme al MORDAZA Calendario, una carta fianza en garantia del fiel cumplimiento de la ejecucion de las obras e instalaciones necesarias para la operacion de la Central Hidroelectrica La Virgen; Que, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, corresponde aprobar la modificacion del Contrato, en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la cual debera ser elevada a Escritura Publica en la que se incorporara al texto de la presente Resolucion Suprema, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos; De conformidad con lo dispuesto por el literal b) del articulo 36º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844; el literal b) del articulo 73º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y con lo senalado en el Informe Nº 296-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion al Contrato de Concesion Nº 253-2005, en los aspectos referidos al

numeral 1.3 de la Clausula Primera, el numeral 6.2.12 de la Clausula Sexta, la Clausula Decimo Primera y el Anexo Nº 04, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas para que, en nombre del Estado, suscriba la Minuta de modificacion al Contrato de Concesion Nº 253-2005, asi como la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica que se origine en virtud de la Minuta a la que se refiere el articulo precedente. Articulo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la presente Resolucion Suprema sera notificada a Peruana de Energia S.A.A., dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme lo dispone el articulo 54º de la MORDAZA reglamentaria MORDAZA mencionada. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 90197-5

Otorgan concesion definitiva a Arasi S.A.C. para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en distritos del departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2007-EM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Nº 14148707, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por ARASI S.A.C., inscrita en el Asiento A 00001 de la Partida Electronica Nº 11771614 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 33 kV SE Ayaviri - SE Arasi, ubicada en el distrito de Ayaviri, en la provincia de MORDAZA, y en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Ocuviri, en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0021-2007MEM/AAM, de fecha 24 de enero de 2007, la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 33 kV SE Ayaviri - SE Arasi; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 1052007-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

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