Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2007 (28/07/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

350276
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

Articulo 1º.- Otorgar a favor de ARASI S.A.C., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 33 kV SE Ayaviri - SE Arasi, ubicada en el distrito de Ayaviri, en la provincia de MORDAZA, y en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Ocuviri, en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea electrica Tension (kV) Nº de ternas Longitud (km) Ancho de faja de servidumbre (m) 11

SE Ayaviri - SE Arasi

33

01

57,77

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 303-2007 a suscribirse con ARASI S.A.C., el que consta de 18 clausulas y 4 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 303-2007, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 90197-6

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de polizas de seguro integral para la Direccion Ejecutiva de Proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 350-2007-MEM/DM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Memorandum Nº 0422-07-MEM/DEP-DAF de la Direccion de Administracion y Finanzas, el Informe Tecnico Nº 002-2007-EM/DEP/DAF- Adm de fecha 16 de MORDAZA de 2007 del Jefe de Administracion y el Informe Nº 045-07-MEM/DEP-OAL de fecha 19 de MORDAZA de 2007, de la Oficina de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato Nº 06-10-EM/DEP de fecha 10 de marzo de 2006, suscrito con MORDAZA Internacional Compania de Seguros y Reaseguros, se contrato el servicio de seguro integral para la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, por un importe de US$ 126 435,87 y un plazo de 12 meses, con vencimiento al 11 de marzo de 2007;

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 027-2007MEM/DM del 24 de enero de 2007, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Direccion Ejecutiva de Proyectos para el ejercicio 2007. En la modificacion aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 091-2007-MEM/DM del 1 de marzo de 2007, se incluye el numero de referencia 39, la contratacion de seguros patrimoniales para la Direccion Ejecutiva de Proyectos; Que, con fecha 4 de MORDAZA de 2007, se suscribio el Contrato Complementario Nº 07-040-EM/DEP, con la empresa MORDAZA Internacional Compania de Seguros y Reaseguros, para que continue prestando el servicio de seguro integral para la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, por un importe de US$ 22 950,00 incluido impuestos y gastos. Asimismo se emitio con fecha 27 de junio de 2007, la Orden de Servicio de Servicio Nº 00162; Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2007, se convoco al Concurso Publico para la seleccion de una compania de seguros con la cual se contrataran las polizas de seguro integral para la Direccion Ejecutiva de Proyectos, con un valor referencial de US$ 101 160,41, incluido impuestos; Que, con fecha 29 de MORDAZA de 2007, la empresa MORDAZA Internacional Compania de Seguros interpuso recurso de apelacion contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro otorgada al postor Consorcio La Positiva Seguros y Reaseguros ­ La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolucion Nº 847-2007-TC-S2 de fecha 13 de MORDAZA del 2007, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado resolvio declarando la nulidad del Concurso Publico Nº CP-0012-2007-EM/DEP, Primera Convocatoria, debiendo retrotraerse el MORDAZA de seleccion a la etapa de convocatoria, previa reformulacion de las bases; Que, mediante Memorandum Nº 0418-07-MEM/DEP/ DAF del 16 de MORDAZA de 2007, la Direccion de Administracion y Finanzas de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, remite el Informe Tecnico Nº 002-2007-EM/DEP-DAF-Adm de fecha 16 de MORDAZA de 2007, a traves del cual el Jefe de Administracion informa que la entidad quedara desprovista del servicio de seguros integrales el 24 de MORDAZA de 2007, circunstancia de hecho que se encuentra prevista en la normativa como una situacion de desabastecimiento inminente, lo que da lugar a la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo y la contratacion por el importe de US$ 23 604,10 (Veintitres Mil Seiscientos Cuatro y 10/100 Dolares Americanos) incluido impuestos, con el fin de atender el requerimiento de polizas de seguro integral, y de esta manera la Direccion Ejecutiva de Proyectos pueda seguir desarrollando sus actividades principales, hasta que se celebre el contrato respectivo con el ganador de la Buena Pro del MORDAZA de seleccion que se convocara oportunamente; Que, mediante Informes de Disponibilidad Nºs. 002902007-MEM-OGP/PRES, 00291-2007-MEM-OGP/PRES y 00292-2007-MEM/OGP-PRES, todos del 18 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Presupuesto del Pliego, ha opinado sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para la contratacion inmediata, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora Nº 002- Direccion Ejecutiva de Proyectos; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, preve la exoneracion del MORDAZA de seleccion para las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha Ley; Que, conforme al articulo 21º de la indicada MORDAZA, la Situacion de Desabastecimiento Inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien o servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Senalandose asimismo, que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios y obras solo por el tiempo o cantidad que sea necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, existe la necesidad inaplazable de contar con el servicio de seguros integrales, pues MORDAZA las caracteristicas de las actividades que realiza la Direccion Ejecutiva de Proyectos de manera principal, dirigidas basicamente a la ejecucion y supervision de obras

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.