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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (08/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346660 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agraria, se establece que la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberá sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria, los requisitos fi tosanitarios aplicables a la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, deberán ser aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea correspondiente; Que, a solicitud del Centro Internacional de la Papa del 23 de marzo de 2007, la Unidad de Análisis de Riesgo de Plagas evaluó la información técnica para la introducción del nemátodo entomopatógeno que es el controlador biológico Heterorhabditis sp procedente de Alemania, Ecuador y Bolivia para el control de la larva del gorgojo de los andes; Que, como resultado de dicho estudio, se ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección contra los riesgos de ingreso de plagas cuarentenarias al país; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Establézcanse los siguientes requisitos fi tosanitarios especí fi cos de cumplimiento obligatorio en la importación del nemátodo entomopatógeno que es el controlador biológico Heterorhabditis sp. procedente de Alemania, Ecuador y Bolivia: 1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certi fi cación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío debe venir acompañado de un Informe Técnico del Laboratorio en el que se indique el nombre del nemátodo. 3. El material debe ser transportado en esponja con agua estéril. 4. El producto deberá venir en envases nuevos, de primer uso. 5. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país. 6. El Inspector del SENASA tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal para identi fi cación. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 70373-2 Delegan la función de certificación de semillas en el ámbito regional de Arequipa al Comité Regional de Semillas de Arequipa RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 134-2007-AG-SENASA La Molina, 17 de abril de 2007VISTO: Las Cartas C-019 CORDESA 2005 y C-016-2006- CORDESA, mediante las cuales el Comité Regional de Semillas de Arequipa solicita la delegación de la función de certi fi cación de semillas para el ámbito de la región Arequipa;CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-AG de fecha 9 de julio de 2001, se designa al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA como Autoridad en Semillas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2005-AG de fecha 5 de mayo de 2005, se aprobó el Reglamento Técnico de Certi fi cación de Semillas, que tiene por fi nalidad establecer las normas conforme a las cuales se efectuará el procedimiento de certi fi cación de semillas, de conformidad con la Ley Nº 27262, Ley General de Semillas, y su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-AG; Que, el Artículo 5º del Reglamento Técnico de Certi fi cación de Semillas establece los requisitos que deben cumplir las entidades que deseen brindar el servicio de certi fi cación de semillas por delegación; asimismo, establece que mediante Resolución Jefatural del SENASA se especi fi cará el personal profesional y técnico, el tipo de infraestructura y apoyo logístico con que se debe contar como mínimo para la prestación del servicio de certi fi cación, según el ámbito geográ fi co para el cual se solicita la delegación, considerando la normatividad vigente en materia de semillas por especie; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 172-2005- AG-SENASA, se especi fi caron los requisitos establecidos en el Artículo 5º del Reglamento de Certi fi cación de Semillas; Que, mediante el Informe Técnico N° 018-2007- AG- SENASA-DIAIA-SDSV, de fecha 15 de marzo de 2007, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria informa que evaluado el expediente presentado por el Comité Regional de Semillas de Arequipa, éste cumple con los requisitos que establece la legislación vigente en semillas, para obtener la delegación de la función de certi fi cación de semillas en el ámbito para el que solicita la delegación; De conformidad con la Ley Nº 27262, el Decreto Supremo Nº 040-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 024-2005-AG, así como el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y con los vistos de los Directores Generales de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar la función de certi fi cación de semillas en el ámbito regional de Arequipa, al Comité Regional de Semillas de Arequipa por un período de cinco años. Artículo 2º.- La vigencia de la delegación está sujeta al cumplimiento de la normatividad vigente sobre certi fi cación de semillas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE R. ESPINOZA BABILON JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 69537-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2007-MINCETUR/DM Lima, 4 de junio de 2007 Visto el Memorándum N° 510-2007-MINCETUR/VMT, de fecha 30 de mayo de 2007, del Viceministro de Turismo,