Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2007 (30/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

348209

AGRICULTURA
Prorrogan designacion de Asesor de la Jefatura Nacional del SENASA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2007-AG-SENASA La MORDAZA, 27 de junio de 2007 VISTO: El Informe Nº 015-2007-AG-SENASA-LGT de fecha 27 de junio de 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto, el Abog. Laiter MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Jefatura Nacional, comunica sobre los avances de la implementacion de la Politica de Reforma del Estado en el SENASA y las acciones que aun faltan desarrollar en materia de simplificacion administrativa y atencion al usuario; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 107-2007AG-SENASA de fecha 2 de MORDAZA de 2007, se designo al Abog. Laiter MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Asesor de la Jefatura Nacional, con eficacia del 1º de MORDAZA al 30 de junio de 2007; Que, conforme al Articulo 67º del Reglamento Interno de Trabajo del SENASA un trabajador de la Institucion puede ser designado en un cargo de confianza, debiendo retornar a su cargo original al termino de la designacion, reservandose la respectiva plaza; De conformidad con la Ley Nº 27594 ­ Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos con cargo de confianza, el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 28927, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y el Reglamento Interno de Trabajo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar la designacion del abogado Laiter MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Asesor de la Jefatura Nacional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, hasta el 31 de MORDAZA de 2007; debiendo retornar a su cargo de abogado de la Oficina de Asesoria Juridica a la finalizacion de la presente designacion. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectara al presupuesto del pliego: Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 78675-1

Que, por Decreto Supremo Nº 038-2005-MINCETUR, se modifica el reglamento de la ley de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, que fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2006MINCETUR, se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna; Que, es necesario dictar normas reglamentarias que permitan una mejor aplicacion a lo dispuesto en la Ley Nº 28599; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27688 y modificatorias y el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 1º del TUO del Reglamento Sustituyase los incisos i) y j) del articulo 1º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/ MINCETUR, de acuerdo a los textos siguientes: i) Turista: A toda persona natural nacional o extranjera domiciliada fuera de la provincia de Tacna, provista de su Documento Nacional de Identidad en el caso de nacionales y pasaporte o documento oficial en el caso de extranjeros, que visite la MORDAZA Comercial de Tacna, con el fin de adquirir bienes en dicha MORDAZA, solo para uso y/o consumo personal, sin fines comerciales y/o empresariales, sujetandose a los montos y volumenes senalados en la franquicia de compra, para trasladarlos al Resto del Territorio Nacional. Tratandose de turistas menores de edad sera el padre o tutor quien suscribira la declaracion jurada de equipaje ZOFRATACNA o el apoderado que cuente con el poder notarial especifico otorgado por el padre o tutor, debiendo consignarse en la declaracion jurada, los datos de identificacion del menor y del padre, tutor o apoderado. j) Primera venta de mercancias identificables: La venta que efectua el usuario de la MORDAZA Comercial de Tacna de las mercancias que hubiera ingresado de la ZOFRATACNA a la MORDAZA Comercial de Tacna, a favor de otro usuario de esta MORDAZA zona. Dichas mercancias seran las autorizadas de ingresar a la MORDAZA Comercial de Tacna para su comercializacion, debiendo de llevar obligatoriamente el distintivo de identificacion a que se refiere el articulo 16º del presente decreto supremo. Articulo 2º.- Modificacion del articulo 3º del TUO del Reglamento Sustituyase el articulo 3º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: Los Depositos Francos son recintos ubicados al interior de la ZOFRATACNA, perfectamente delimitados y cercados donde sin excepcion, se almacenan todas las mercancias provenientes del Exterior, del Resto del Territorio Nacional, de los CETICOS, de la ZEEDEPUNO, de la ZOFRATACNA, de la MORDAZA de Extension, para el desarrollo de las actividades permitidas y autorizadas, de acuerdo a la ley, al presente Reglamento y demas normas complementarias. Los Depositos Francos deberan contar con un sistema de control estadistico de entradas y salidas de mercancias, al margen de las medidas de seguridad y vigilancia que se requieran. Las mercancias que ingresen a la MORDAZA Comercial de Tacna deberan contar con un distintivo de identificacion, el mismo que sera colocado MORDAZA de su salida de los Depositos Francos de la ZOFRATACNA. Los Depositos Francos pueden ser: a) Publicos: cuando estan destinados a prestar actividades de servicios calificadas como tal conforme al articulo 5º a cualquier usuario autorizado por la administracion de la ZOFRATACNA. La administracion de estos Depositos esta a cargo de la Administracion de la ZOFRATACNA, la que podra otorgarla a terceros bajo responsabilidad. b) Particulares: cuando estan destinados a realizar actividades de servicios calificadas como tal, conforme al articulo 5º unicamente sobre mercancias del propio usuario autorizado por la Administracion de la ZOFRATACNA.

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 008-2007-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28599, se modifico la Ley Nº 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.