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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de junio de 2007 348212 DEFENSA Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra para participar en Crucero de Entrenamiento de Cadetes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2007-DE/MGP Lima, 28 de junio de 2007 Visto el O fi cio N.1000-0785 del Director General de Instrucción de la Marina, de fecha 19 de abril de 2007; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo informado en el documento del visto, resulta indispensable para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Alférez de Fragata Karla Pierina MAZA Gonzáles, a fi n que participe en el Crucero de Entrenamiento de Cadetes a bordo del Buque Escuela ARC. “Gloria” año 2007, de la Armada Nacional de Colombia, debiendo embarcarse en la ciudad de San Juan de Puerto Rico - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 10 de julio al 9 de noviembre de 2007, por cuanto los conocimientos y experiencia a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Alférez de Fragata Karla Pierina MAZA Gonzáles, CIP 01019107, DNI 42174131, para que participe en el Crucero de Entrenamiento de Cadetes a bordo del Buque Escuela ARC. “Gloria” año 2007, de la Armada Nacional de Colombia, a partir del 10 de julio al 9 de noviembre de 2007, siendo el embarque en la ciudad de San Juan de Puerto Rico - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, con permanencia en puertos extranjeros por un total de TREINTA Y DOS (32) días. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Lima (PERÚ) - San Juan de Puerto Rico (EE.UU.) Cartagena (COLOMBIA) - Lima (PERÚ)US$ 1,528.14 x 1 (ida/vuelta) x 1 persona Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US$ 40.00 x 32 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- La mencionada O fi cial Subalterno revistará en la Dirección General de Instrucción de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 5º.- La mencionada O fi cial Subalterno deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 78682-6 Autorizan viaje de personal FAP a Ucrania y Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2007-DE/FAP Lima, 28 de junio de 2007 Visto el O fi cio R-55-COEN-Nº 0692 del 4 de mayo de 2007 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y Papeleta de Trámite Nº 1923-SGFA del 9 de mayo de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Ucrania del 17 al 31 de julio de 2007, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, con la fi nalidad que realice el entrenamiento en simulador RECURRENT de la aeronave ANTONOV AN-32, a llevarse a cabo en la CIA. THE STATE FLIGHT ACADEMY OF UKRAINE, en la ciudad de Kirovogrado, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a República de Ucrania, del 17 al 31 de julio de 2007, del Personal Militar FAP que se indica a continuación, con la fi nalidad que realice el entrenamiento en simulador RECURRENT de la aeronave ANTONOV AN-32, a llevarse a cabo en la CIA. THE STATE FLIGHT ACADEMY OF UKRAINE, en la ciudad de Kirovogrado: Mayor FAP BARDALES ARIAS Ernesto Mayor FAP PEDEMONTE GARCIA Juan Carlos Julián Mayor FAP SANDOVAL MONTENEGRO Jimmy Andrés Enrique Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1,400.00 x 3 personas Viáticos: US$ 260.00 x 15 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto