Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2007 (30/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2007

Articulo 3º.- Modificacion del articulo 4º del TUO del Reglamento Sustituyase el ultimo parrafo del articulo 4º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/ MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: (...) "en los casos que producto del reconocimiento fisico realizado por la administracion de la ZOFRATACNA sobre las mercancias de los usuarios que MORDAZA uso del Regimen Simplificado, se advierte mercancias que no se encuentren incluidas en la lista de subpartidas autorizadas para su comercializacion en la MORDAZA Comercial de Tacna o superen el monto permitido para dicho Regimen, dichas mercancias seran reembarcadas o destinadas al Resto del Territorio Nacional a traves de los Depositos Francos de la ZOFRATACNA, las mismas que deberan tramitarse a traves de la SUNAT". Articulo 4º.- Modificacion del articulo 5º del TUO del Reglamento Sustituyase la definicion de la actividad de almacenamiento y distribucion de mercancias senaladas en el inciso e) del articulo 5º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: (...) "Almacenamiento de Mercancias: Actividad destinada al Deposito y Custodia de las mercancias procedentes del Exterior, del Resto del Territorio Nacional y/o las producidas o manufacturads en la ZOFRATACNA y MORDAZA de Extension, para su posterior comercializacion interna y/o externa de conformidad con el presente reglamento. Distribucion de Mercancias: Actividad que comprende la comercializacion interna y/o externa de las mercancias ingresadas por los usuarios a los Depositos Francos de la ZOFRATACNA". Articulo 5º.- Modificacion del articulo 7º del TUO del Reglamento Sustituyase el MORDAZA parrafo del articulo 7º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/ MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: (...) Las operaciones efectuadas entre los usuarios senalados en el parrafo precedente y dentro de la ZOFRATACNA, estan exoneradas del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Promocion Municipal, siempre que dichas operaciones MORDAZA respecto de las actividades que los usuarios hayan sido autorizados a realizar por la administracion de la ZOFRATACNA. Articulo 6º.- Modificacion del articulo 11º del TUO del Reglamento Sustituyase el MORDAZA parrafo del articulo 11º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/ MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: (...) El monto, cantidad y/o volumen de los bienes al detalle que podran comprar las personas naturales domiciliadas en la provincia de Tacna y el Turista a que se refiere el parrafo precedente, acogiendose a una Franquicia de Compra, seran determinados por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Comercio Exterior y Turismo. En tanto no se apruebe dicho dispositivo se aplicara lo establecido en el Decreto Supremo Nº 20292-EF o MORDAZA que lo modifique o sustituya. Articulo 7º.- Modificacion del articulo 11º- A del TUO del Reglamento Sustituyase el primer y MORDAZA parrafos del articulo 11ºA del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022006/MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: Las mercancias a ser comercializadas en la MORDAZA Comercial de Tacna por los usuarios de dicha MORDAZA deberan llevar obligatoriamente un Distintivo de Identificacion, que

permita identificar que su comercializacion es exclusiva en la MORDAZA Comercial de Tacna, asi como para el solo uso y/o consumo personal sin fines comerciales y/o empresariales de las personas naturales que las adquieran. LaAdministracion de la ZOFRATACNAbajo responsabilidad, verificara y registrara que las mercancias que salieron de los Depositos de la ZOFRATACNA con destino a la MORDAZA Comercial de Tacna por un usuario de la MORDAZA Comercial, han sido materia de la Primera Venta por este a otros usuarios de dicha MORDAZA o a las personas naturales, conforme a lo dispuesto en el articulo 11º, mediante la utilizacion de los mecanismos de control senalados en el articulo 16º del presente decreto supremo. Articulo 8º.- Modificacion del articulo 12º-A del TUO del Reglamento. Sustituyase el tercer parrafo del articulo 12º-A del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: (...) "Las mercancias que se encuentren en dicho almacen, podran ser retirados unicamente por el usuario de la MORDAZA comercial que lo ingreso, de acuerdo a su requerimiento de venta en la MORDAZA Comercial. El Comite de Administracion de la ZOFRATACNA verificara y registrara la salida de los bienes del referido almacen y efectuara la verificacion del ingreso de dichas mercancias al local comercial o puesto de venta del usuario en la MORDAZA comercial, mediante la utilizacion del distintivo de identificacion, entre otros mecanismos. Para tal efecto dicho Comite implementara un mecanismo integral de verificacion, el mismo que debera considerar la verificacion en el puesto de venta o local comercial de no menos del 5% del total de la salida de las mercancias. El referente del numero de verificaciones a los puestos de venta o local comercial, se realizara sobre el numero de salidas de mercancias correspondientes al mes anterior. Articulo 9º.- Modificacion del articulo 13º del TUO del Reglamento. Sustituyase el articulo 13º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: El usuario de la MORDAZA Comercial de Tacna esta obligado a colocar el distintivo de identificacion en las mercancias de acuerdo a lo senalado en el articulo 11-A del presente reglamento, MORDAZA de su salida de los Depositos Francos de la ZOFRATACNA con destino a la MORDAZA Comercial de Tacna. La administracion de la ZOFRATACNA estara obligada a verificar que todos los bienes lleven consigo el respectivo distintivo de identificacion MORDAZA de efectuarse la salida de los bienes de la ZOFRATACNA con destino a la MORDAZA Comercial de Tacna. La SUNAT fiscalizara selectivamente el ingreso y salida de las mercancias a la MORDAZA Comercial de Tacna. Articulo 10º.- Modificacion del articulo 15º del TUO del Reglamento. Sustituyase el articulo 15º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: La Administracion de la ZOFRATACNA, podra autorizar la prestacion de servicios auxiliares al interior de la ZOFRATACNA, tales como de expendio de comida, cafeteria, bancos, telecomunicaciones, asi como servicios de consultoria y asistencia tecnica prestados a los usuarios de la ZOFRATACNA por entidades de desarrollo cientifico y tecnologico. Articulo 11º.- Modificacion del articulo 20º del TUO del Reglamento. Sustituyase el primer parrafo del articulo 20º del TUO del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2006/ MINCETUR, de acuerdo al texto siguiente: El ingreso de mercancias provenientes del exterior destinadas a la ZOFRATACNA para la realizacion de actividades a que se refiere el articulo 5º, se efectuara por los puertos de Ilo y Matarani, Aeropuerto de Tacna, Agencia Aduanera de MORDAZA MORDAZA, el Muelle Peruano en Arica. El ingreso de mercancias que se efectua por lugares distintos

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