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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de mayo de 2007 346020 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza N° 254-2007/MDB-CDB.- Regulan el comercio ambulatorio en la vía pública 346040 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA R.A. N° 183-2007.- Encargan a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios la cali fi cación de la gravedad de faltas en las que habrían incurrido ex funcinarios comprendidos en el Informe Largo N° 004- 2007-2-2180-OCI/MDJM 346042 MUNICIPALIDAD DE LURIN Ordenanza N° 152-2007/ML.- Exoneran de pago la expedición de copias certi fi cadas de partidas de nacimiento, defunción y matrimonio por solicitud de la DEMUNA en atención a los casos de su competencia 346043 Ordenanza N° 153-2007/ML.- Exoneran de pago de tasa por concepto de derecho de trámite de Constancias de Posesión 346043 Ordenanza N° 156/ML.- Establecen Bene fi cio Tributario de condonación de intereses a favor de contribuyentes del distrito de Lurín 346044MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Fe de Erratas D.A. N° 005-2007-MDR . 346044 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLEBAMBA R.A. N° 021-07-MDM.- Aprueban la obra “Electri fi cación de los Caseríos del distrito de Mollebamba”, bajo el proceso de selección abreviado 346045 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA R.A. N° 198-2007 A/MDS.- Designan Procurador Público Municipal Adjunto 346045 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TINTA Acuerdo N° 036-2007-CM-MDT.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de predio urbano para la construcción de centro artesanal 346046 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Constituyen Comisión Multisectorial encargada de culminar la formulación del Plan de Acción para la Provincia de Purús y elaborar el dispositivo legal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2007-PCM Lima, 24 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 44° establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, promover el desarrollo integral y equilibrado de la nación, establecer y ejecutar la política de fronteras; así como promover la integración, el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la Política Exterior; Que, la sexta política de Estado del Acuerdo Nacional, sobre Política Exterior para la Paz, la Democracia, el Desarrollo y la Integración, establece en su literal d) que se impulsará activamente el desarrollo sostenible de las regiones fronterizas del país y su integración con espacios similares de los países vecinos; Que, el Gobierno Nacional mediante el Decreto Supremo N° 057-2001-PCM dispuso la creación del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras (CNDF), como órgano del Poder Ejecutivo encargado de proponer la política de Estado en materia de Desarrollo Fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 26° establece que son competencias exclusivas del Gobierno Nacional, entre otras, el diseño de políticas nacionales y sectoriales, de fronteras y las relaciones exteriores;Que, las condiciones de aislamiento, pobreza extrema y degradación de recursos naturales de la provincia de Purús, ameritan una acción coordinada entre los tres niveles de gobierno; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de sus funciones en la Presidencia del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, coordina la formulación de un Plan de Acción para la Provincia de Purús , con la participación de los diversos sectores del Gobierno Nacional, el Gobierno Regional de Ucayali y Municipalidad provincial de Purús; Que, es necesario conformar una Comisión Multisectorial encargada de culminar la formulación del Plan de Acción para la Provincia de Purús en conformidad con los esquemas y disposiciones de la Plani fi cación Nacional, así como de elaborar el proyecto de dispositivo legal para su aprobación por el Poder Ejecutivo; De conformidad con el articulo 5º del Decreto Ley N° 21292 - Ley de Desconcentración en el Sistema de Personal, con el Decreto Ley N° 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el artículo 4º de la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el artículo 45º del Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitución de la Comisión Multisectorial Constitúyase la Comisión Multisectorial encargada de culminar la formulación del Plan de Acción para la Provincia de Purús y elaborar el dispositivo legal para su aprobación por el Poder Ejecutivo. La Comisión Multisectorial estará adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien le dará el apoyo técnico o administrativo que pueda requerir para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 2°.- Conformación La Comisión a que se re fi ere el artículo precedente estará integrada de la siguiente manera: a) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; b) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros;