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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/11/2007)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de noviembre de 2007 357920 Ministerial Nº 921-2007/MINSA, publicada en la edición del 6 de noviembre de 2007. 1. En el Artículo 1ºProcedimiento 69º (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) DICE:“Inscripción en el Registro Sanitario de Productos Dietéticos y Edulcorantes, Fabricados por encargo” DEBE DECIR:“Inscripción en el Registro Sanitario de Productos Dietéticos y Edulcorantes Nacional e Importado, con el nombre de otro ya registrado por el Titular del Registro, cuando el Producto no ha sido comercializado” 2. En el Artículo 3ºProcedimiento Nº 91 (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) DICE : Cambio de Razón Social del Fabricante de productos cosméticos por país y por rubro. DEBE DECIR : Cambio de Razón Social del Titular o del Fabricante de la Notifi cación Sanitaria de productos cosméticos por rubro, país y fabricante. 3. En el Artículo 4º Procedimiento Nº 49 (Dirección General de Salud Ambiental) DICE:3DEBE DECIR:13Procedimiento Nº 11 (Institutos Especializados)DICE:Certifi cado Médico de Discapacidad para el otorgamiento de Pensión de Invalidez - D.S. Nº 166-2005-EF DEBE DECIR:Certifi cado Médico de Incapacidad para el otorgamiento de Pensión de Invalidez. 4. En el Artículo 7ºProcedimiento de las Direcciones de Salud de Lima y Callao DICE:7DEBE DECIR:17Procedimiento de los Institutos EspecializadosDICE:7DEBE DECIR:11 134314-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Otorgan facultades para autorizar la apertura de libros a que se refiere el Art. 17º de la Ley del Martillero Público RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 298-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 14 de noviembre del 2007 VISTOS: La Ley Nº 27728, y el Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS del Reglamento del Martillero Público, y; CONSIDERANDO: Que por Resolución Administrativa Nº 198-2007- P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de julio de 2007, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, en concordancia con la Resolución Jefatural Nº 629-2007-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF, aprobó la Nómina de Martilleros Públicos correspondiente al 2º Semestre del año Judicial 2007. Que la Ley de Vistos del Martillero Público y, entre otros, dispone en su art. 17º que éste debe llevar tres libros : Libro de Entradas, Libro de Salidas y Libro de Cuentas, autorizados y rubricados en cada página por la Corte Superior de Justicia del Distrito donde actúe. Que el art.20º del Reglamento de la Ley del Martillero Público y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS dispone que la autorización y rúbrica de dichos libros deberá efectuarse ante el funcionario que para el efecto, determine la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial. Que a efectos de cumplir con el mandato legal de manera efi ciente y efectiva, es conveniente que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima faculte a un funcionario para que autorice la apertura correspondiente de los libros mencionados. En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del art. 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR facultades a la Secretaria General de la Corte Superior de Justicia de Lima, señorita Julia Quispe- Gonzalez Aranza, para autorizar la apertura de los libros a que se refi ere el Art. 17º de la Ley del Martillero Público. Artículo Segundo.- DISPONER que la recepción y entrega de libros a que se refi ere el artículo precedente esté a cargo de la Ofi cina de Trámite Documentario de la Presidencia con el objeto de verifi car que los Martilleros registrados en la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima cumplan con lo previsto en la Ley Nº 27728. Artículo Tercero.- PONER la presente en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Registro de Peritos Judiciales y la funcionaria designada. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 133912-1