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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de diciembre de 2008 386417 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRIT AL DE HUAST A Exoneran de proceso de selección la construcción de aulas de institución educativa ACUERDO DE CONCEJO Nº 219-2008/MDH-A. Huasta, 11 de diciembre de 2008. VISTOS: El Certifi cado emitido por el Secretario Técnico de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Bolognesi, el Ofi cio Nº 145-2008-ME/DREA/UGELB/I.E. “SM”-H-D., El Acta de sesión de Concejo Municipal extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2008, el Informe Técnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J., el informe Legal Nº 43-2008/ A.L.E./M.E.A.V., y el Acta de sesión de Concejo Municipal ordinaria de fecha 09 de diciembre de 2008. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando la autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Huasta del año 2008 está incluida la ejecución de la obra “Construcción de tres aulas de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta, siendo que mediante Resolución con fecha 10 de diciembre de 2008 se aprueba el expediente técnico. Que, los ambientes de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta ubicado en la localidad de Huasta se encuentra con graves daños materiales por la antigüedad de la construcción que data desde hace más de cuarenta años aproximadamente, requiriendo la construcción de una nueva infraestructura, por el inminente peligro. Que, los daños indicados precedentemente se corroboran en el Certifi cado emitido por el Secretario Técnico de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Bolognesi, en el que previa constatación de los ambientes concluye que no cumple con las condiciones técnicas de seguridad que exige Defensa Civil, para su funcionamiento, siendo de gravedad los tres ambientes construidos con material rústico, existiendo un peligro latente para los alumnos. Que, mediante Ofi cio Nº 145-2008-ME/DREA/UGELB/ I.E. “SM”-H-D., el Director de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta comunica a la Municipalidad Distrital de Huasta que consecuencia de las precipitaciones pluviales ocurridas con fecha 24 de noviembre de 2008, se derrumbó el techo de tres aulas del nivel primario, efectuándose las clases en la intemperie, solicitando además la inmediata construcción de las aulas. Que, mediante sesión de Concejo Municipal de carácter extraordinario, de fecha 28 de noviembre de 2008, se acuerda la inmediata construcción de las tres aulas de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta. Que, los daños materiales existentes en el local de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta fueron constatados por el Jefe de Ingeniería y Obras de la Municipalidad Distrital de Huasta, quien emite en su Informe Técnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J. precisando los daños, la existencia de peligro latente para los alumnos y docentes y la necesidad urgente de la construcción de las aulas.Que, el artículo 19 inc. c) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el artículo 19 inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM., Texto Único Ordenado de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, y artículo 142 del D.S. Nº 084-2004-PCM., Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece la exoneración del proceso de selección en situación de emergencia declarados de acuerdo a ley. Que, a causa de la situación de grave peligro es necesario que la Municipalidad Distrital de Huasta actúe de manera inmediata signifi cando la omisión del proceso de selección, debiendo contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender el desastre inminente. Que, la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración del proceso de selección para la ejecución de la obra “Construcción de Aulas de la Institución Educativa Nº 86223” “Santa María” de Huasta están contenidas en el informe Técnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J.e Informe Legal Nº 43-2008/A.L.E./M.E.A.V., respectivamente. Que, mediante sesión de Concejo Municipal ordinario, de fecha 09 de diciembre de 2008 se acuerda declarar en situación de emergencia la ejecución de la obra “Construcción de Aulas de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta exonerándose del proceso de selección. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA la ejecución de la obra “Construcción de Aulas de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta” exonerando del proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección la ejecución de la obra “Construcción de Aulas de la Institución Educativa Nº 86223 “Santa María” de Huasta. Artículo Tercero.- EFECTUAR LA CONTRATACIÓN en forma directa mediante acción inmediata invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- REMITIR el presente Acuerdo de Concejo, el informe Técnico y el Informe Legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE. Regístrese, comuníquese y cúmplase.TEÓFANES ALVA VALDERRAMA Alcalde 294803-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo de Ayuda Militar entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República del Perú para la Donación de 4.4 millones de dólares” Entrada en vigencia del “Acuerdo de Ayuda Militar entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República del Perú para la Donación de 4.4 millones de dólares” formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 447, de fecha 24 de mayo de 2007 de la Embajada de los Estados Unidos de América y Nota RE (GAB) Nº 6-3/286, de 13 de julio de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 048-2008-RE, de 7 de noviembre de 2008, publicado el 8 de noviembre de 2008. Entró en vigencia el 13 de julio de 2007. 294394-1Descargado desde www.elperuano.com.pe