Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2008 (29/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUASTA

Exoneran de MORDAZA de seleccion la construccion de aulas de institucion educativa
ACUERDO DE CONCEJO Nº 219-2008/MDH-A.

Huasta, 11 de diciembre de 2008. VISTOS: El Certificado emitido por el Secretario Tecnico de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Bolognesi, el Oficio Nº 145-2008-ME/DREA/UGELB/I.E. "SM"-H-D., El Acta de sesion de Concejo Municipal extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2008, el Informe Tecnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J., el informe Legal Nº 43-2008/ A.L.E./M.E.A.V., y el Acta de sesion de Concejo Municipal ordinaria de fecha 09 de diciembre de 2008. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando la autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Huasta del ano 2008 esta incluida la ejecucion de la obra "Construccion de tres aulas de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta, siendo que mediante Resolucion con fecha 10 de diciembre de 2008 se aprueba el expediente tecnico. Que, los ambientes de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta ubicado en la localidad de Huasta se encuentra con graves danos materiales por la antiguedad de la construccion que data desde hace mas de cuarenta anos aproximadamente, requiriendo la construccion de una nueva infraestructura, por el inminente peligro. Que, los danos indicados precedentemente se corroboran en el Certificado emitido por el Secretario Tecnico de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Bolognesi, en el que previa constatacion de los ambientes concluye que no cumple con las condiciones tecnicas de seguridad que exige Defensa Civil, para su funcionamiento, siendo de gravedad los tres ambientes construidos con material MORDAZA, existiendo un peligro latente para los alumnos. Que, mediante Oficio Nº 145-2008-ME/DREA/UGELB/ I.E. "SM"-H-D., el Director de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta comunica a la Municipalidad Distrital de Huasta que consecuencia de las precipitaciones pluviales ocurridas con fecha 24 de noviembre de 2008, se derrumbo el techo de tres aulas del nivel primario, efectuandose las clases en la intemperie, solicitando ademas la inmediata construccion de las aulas. Que, mediante sesion de Concejo Municipal de caracter extraordinario, de fecha 28 de noviembre de 2008, se acuerda la inmediata construccion de las tres aulas de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta. Que, los danos materiales existentes en el local de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta fueron constatados por el Jefe de Ingenieria y Obras de la Municipalidad Distrital de Huasta, quien emite en su Informe Tecnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J. precisando los danos, la existencia de peligro latente para los alumnos y docentes y la necesidad urgente de la construccion de las aulas.

Que, el articulo 19 inc. c) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el articulo 19 inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM., Texto Unico Ordenado de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, y articulo 142 del D.S. Nº 0842004-PCM., Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece la exoneracion del MORDAZA de seleccion en situacion de emergencia declarados de acuerdo a ley. Que, a causa de la situacion de grave peligro es necesario que la Municipalidad Distrital de Huasta actue de manera inmediata significando la omision del MORDAZA de seleccion, debiendo contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender el desastre inminente. Que, la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la ejecucion de la obra "Construccion de Aulas de la Institucion Educativa Nº 86223" "Santa Maria" de Huasta estan contenidas en el informe Tecnico Nº 02-2008-MDH/IyO/J.e Informe Legal Nº 43-2008/A.L.E./M.E.A.V., respectivamente. Que, mediante sesion de Concejo Municipal ordinario, de fecha 09 de diciembre de 2008 se acuerda declarar en situacion de emergencia la ejecucion de la obra "Construccion de Aulas de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta exonerandose del MORDAZA de seleccion. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE EMERGENCIA la ejecucion de la obra "Construccion de Aulas de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta" exonerando del MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion la ejecucion de la obra "Construccion de Aulas de la Institucion Educativa Nº 86223 "Santa Maria" de Huasta. Articulo Tercero.- EFECTUAR LA CONTRATACION en forma directa mediante accion inmediata invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases. Articulo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- REMITIR el presente Acuerdo de Concejo, el informe Tecnico y el Informe Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Ayuda Militar entre el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno de la Republica del Peru para la Donacion de 4.4 millones de dolares"
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Ayuda Militar entre el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno de la Republica del Peru para la Donacion de 4.4 millones de dolares" formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 447, de fecha 24 de MORDAZA de 2007 de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA y Nota RE (GAB) Nº 6-3/286, de 13 de MORDAZA de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 048-2008-RE, de 7 de noviembre de 2008, publicado el 8 de noviembre de 2008. Entro en vigencia el 13 de MORDAZA de 2007.
294394-1

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