Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2008 (30/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 30 de diciembre de 2008

con la correspondiente aprobacion; por lo que solicita la disponibilidad de recursos y la gestion de la Resolucion Ministerial de transferencia financiera a dicho gobierno local para lo cual remite un (01) proyecto de Convenio de Transferencia Financiera; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que: "Cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectuan luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolucion debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego. Para el cumplimiento de lo senalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional"; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias financieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 2.3 del Apendice de la Resolucion Directoral Nº 049-2007-EF/76.01 ­ Lineamientos para la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 ­ Ley Nº 29142, .senala sobre el numeral 9.4, respecto a los proyectos ejecutados en administracion directa lo siguiente: "Para efecto de las transferencias financieras que se efectuen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administracion directa a que hace mencion el ultimo parrafo del numeral 9.4 no es de aplicacion el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a traves de Administracion Directa. Dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo suscrito"; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, a la fecha existe credito presupuestario disponible para la atencion de las transferencias financieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentacion y normatividad vigente; Contando con el visado de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia financiera a favor del Gobierno Local senalado en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolucion, por la suma de S/. 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, para la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica con Expediente Tecnico aprobado, a partir de la suscripcion del Convenio de Transferencia Financiera entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Gobierno Local.

Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto detallado en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Funcion: 03 Administracion y Planeamiento; Programa: 006 Planeamiento Gubernamental; Sub- Programa: 0021 Organizacion y Modernizacion Administrativa; Actividad: 1.021325 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos, Componente: 3.121086 Peru Repara ­ Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: Transferencia de Recursos a entidades y la disponibilidad de recursos autorizada del correspondiente Calendario de Compromisos. Articulo 3º.- Conforme al numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, formalizase el Cronograma de Desembolsos establecido en el Convenio suscrito con el Gobierno Local a que hace referencia el articulo 1º y que forma parte de la presente Resolucion en Anexo "A", de acuerdo al cual se efectuara la transferencia financiera autorizada. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran senalados en el Convenio suscrito por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Gobierno Local para el financiamiento del proyecto a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, el Gobierno Local citado en el Anexo "A" publicara en su pagina Web el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, dentro del primer trimestre del Ano Fiscal 2009 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. De no contar con pagina Web, publicara, necesariamente, la misma informacion en los diarios de mayor circulacion o en un lugar visible de la entidad. Articulo 6º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas de Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional (CMAN), se encargara, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 295677-5 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 422-2008-PCM MORDAZA, 29 de diciembre de 2008 Visto, el Memorandum Nº 506-2008-PCM/CMAN por medio del cual la Secretaria Ejecutiva de la CMAN solicita se tramite los proyectos de Convenio y Resolucion Ministerial de Transferencia Financiera para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica con declaratoria de viabilidad por el organo competente y los Expedientes Tecnicos aprobados, presentados por los siguientes Gobiernos Locales: Oficio Nº 065-2008-MDA/AND-A, suscrito por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, por el cual alcanza el estudio de preinversion a nivel de Perfil del Proyecto "CONSTRUCCION DEL MODULO MORDAZA INFANTIL DEL PUESTO DE SALUD

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