TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de diciembre de 2008 386431 DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS - APURÍMAC” - Código SNIP Nº 94758 y el Expediente Técnico aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 025-2008-A-MDSMCH; Ofi cio Nº 134-2008-MDCH/A, suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chupamarca, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, por el cual alcanza el estudio de preinversión a nivel de Perfi l del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LOCAL COMUNAL MULTIUSOS MEJORADA, DISTRITO DE CHUPAMARCA - CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA” - Código SNIP Nº 97208 y el Expediente Técnico aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 087-2008-MDCH/A; Ofi cio Nº 116-2008-MDL/A suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, por el cual alcanza el estudio de preinversión a nivel de Perfi l del Expediente Técnico del proyecto “INSTALACIÓN DE RIEGO TECNIFICADO DE HUAYHUAS DEL DISTRITO DE LOCROJA, PROVINCIA DE CHURCAMPA - HUANCAVELICA” - Código SNIP Nº 91905 y el Expediente Técnico aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 019-08-MDL/A; Ofi cio Nº 068-2008-A-MDSPC/CH suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Coris, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, por el cual alcanza el Expediente Técnico del proyecto “CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL LOCAL COMUNAL MULTIUSOS DE PUMAMARCA”, aprobado con Resolución Municipal Nº 106-2008-A-MDSPC; Ofi cio Nº 203-2008-A-MDSJQ/C, suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San José de Quero, provincia de Concepción, departamento de Junín, por el cual alcanza el Expediente Técnico del proyecto “CONSTRUCCIÓN DEL LOCAL DE USOS MÚLTIPLES DEL C.P. DE CHAQUICOCHA, DISTRITO DE SAN JOSÉ DE QUERO, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN - JUNÍN”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 061-2008-MDSJQ/A; Ofi cio Nº 018-2008-MDS suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sacanche, provincia de Huallaga, departamento de San Martín, por el cual alcanza el Expediente Técnico del proyecto “INSTALACIÓN DE UNA GRANJA COMUNAL PARA PRODUCCIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y FOMENTO DE LA ACUICULTURA TROPICAL EN LA LOCALIDAD DE SACANCHE”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 018-2008-MDS; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 427-2007-PCM de fecha 27 de diciembre de 2007 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2008 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el cual ha sido modifi cado a la fecha debido a la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y a Modifi caciones en el Nivel Funcional Programático; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR, aprobándose su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según el Memorándum del visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurímac, Huancavelica, Junín y San Martín han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN, y que tanto los estudios de preinversión, como los Expedientes Técnicos de los Proyectos de Inversión Pública presentados en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente declaratoria de viabilidad y aprobación, respectivamente; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten seis (06) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que: “Cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolución debe publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego. Para el cumplimiento de lo señalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional”; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 2.3 del Apéndice de la Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01 – Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 – Ley Nº 29142, señala sobre el numeral 9.4, respecto a los proyectos ejecutados en administración directa lo siguiente: “Para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administración directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa. Dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo suscrito”; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado por Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de S/. 599 990,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables y Expedientes Técnicos aprobados, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Cuadro Nº 01, Descargado desde www.elperuano.com.pe