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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de diciembre de 2008 386447 A LA (En Nuevos Soles) 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 208 634,00 ========= TOTAL EGRESOS 208 634,00 ========= A LA (En Nuevos Soles) SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPLIEGOS : GOBIERNOS REGIONALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 208 634,00 ========= TOTAL EGRESOS 208 634,00 ========= La desagregación a nivel de Pliego y Grupo Genérico de Gasto se detalla en el Anexo Nº 2 que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan los gastos mediante Resolución del Titular del Pliego a nivel de actividad y proyecto y Grupo Genérico de Gasto, dentro de los tres (3) días siguientes de aprobación de la presente norma legal. La citada Resolución se remite a los tres (3) días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 4º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma legal. Artículo 6º.- Del RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas ANEXO Nº 1 FUNCIONES ACREDITADAS Y TRANSFERIDAS A LOS GOBIERNOS REGIONALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27867 - LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES PLIEGOSFunciones Acreditadas y transferidas (artículo 61°) * 443 Gobierno Regional del Departamento de Arequipa a, b, c 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica a, b, c, d448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco a, b, c450 Gobierno Regional del Departamento de Junín a, b, c, d463 Gobierno Regional del Departamento de Lima a, b, c * Las funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales de conformidad con el artículo 61º la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son las siguientes: a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b. Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil c. Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damni fi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas. d. Promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la región. ANEXO N° 2 TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PLIEGOS HABILITADOS (EN NUEVOS SOLES) PLIEGOS3. Bienes y Servicios 443 Gobierno Regional del Departamento de Arequipa 86,334 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica 34,823448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco 34,823450 Gobierno Regional del Departamento de Junín 34,823 463 Gobierno Regional del Departamento de Lima 17,831 TOTAL 208,634 295691-1 INTERIOR Aprueban enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno del Perú y el PNUD acerca de servicios de gestión y otros servicios de apoyo que han de ser proporcionados por la UNOPS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2008-IN Lima, 29 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, el 15 de septiembre de 1961, el Gobierno del Perú y la Junta de Asistencia Técnica de las Naciones Unidas celebraron un Acuerdo de Asistencia Técnica, el mismo que fue aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 13706, de fecha 16 de octubre de 1961; Que, dentro de los alcances del mencionado Acuerdo, el Ministerio del Interior y el PNUD suscribieron un convenio en cuyo marco se ejecuta el Proyecto PER/01/031, “Apoyo a la Modernización Técnico Administrativa del Ministerio de Interior”, aprobado por Resolución Suprema Nº 011-2002-IN, de fecha 14 de enero de 2002, el cual tiene como objeto la administración de costos compartidos provenientes del Ministerio del Interior y de otros posibles donantes, los cuales serán destinados a brindar asistencia técnica y profesional para facilitar la contratación de expertos de alto nivel; desarrollar procesos de mejora de la gestión del Ministerio; iniciar acciones necesarias para la modernización y adecuación institucional; adquirir bienes y servicios; y, fi nanciar viajes de trabajo y/o capacitación del personal del Ministerio en el ámbito nacional e internacional; Que, el 30 de marzo de 1956, el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Descargado desde www.elperuano.com.pe