Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2008 (30/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 30 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

386433

Reestructuran la conformacion de la Comision Sectorial de Transferencia a que se refieren las RR.MM. Nºs. 4782002 y 248-2007-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 424-2008-PCM MORDAZA, 29 de diciembre de 2008 VISTOS: EL Oficio Nº 4316-2008-INDECI (4.0), el Oficio Nº 332-2008 CGBVP/OFIPLAN el Memorandum Nº 2862008-PCM/DNTDT y, el Memorandum Nº 545-2008PCM/OGPP, de la Direccion General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, conforme a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 478-2002PCM, se constituye la Comision Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Descentralizacion, integrada por: el Secretario General de la PCM, quien la preside; el senor MORDAZA MORDAZA Ferrer, funcionario del INDECI; el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la PCM; y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario del CONAM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2006, en el cual se programo en el caso del Sector a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, transferir las funciones comprendidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales de los Pliegos INDECI, CONAM, CGBVP y la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial DNTDT del pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM se establece que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, a traves de un Viceministro encargado de presidir la Comision Sectorial de Transferencia respectiva; Que, acorde a los Decretos Supremos Nº 036-2007PCM, 074-2007-PCM, 025-2008-PCM, y 029-2008-PCM, las transferencias programadas en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007" deben culminar de ejecutarse, a mas tardar el 31 de diciembre de 2008, con excepcion de la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones previstas en el articulo 62º de la Ley Nº 27867 en el MORDAZA de lo establecido en Decreto Supremo Nº 025-2008-PCM; las cuales se complementaran con las acciones programadas en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2008"; Que, con Resolucion Ministerial Nº 054-2008-MINAM se declara la desactivacion y extincion del Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, al haber concluido el MORDAZA de fusion de dicha entidad con el Ministerio del Ambiente, dispuesta mediante el Decreto Legislativo Nº 1013, por lo que toda referencia que hubiere al Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, respecto de bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acerbo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos y a las competencias, funciones y atribuciones que venia ejerciendo, deben entenderse como hechas al Ministerio del Ambiente. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM;

Articulo 1º.- Reestructurar la Comision Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros Reestructurar la conformacion de la Comision Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, que fue constituida por la Resolucion Ministerial Nº 478-2002-PCM del 20 de diciembre de 2002, y modificada con Resolucion Ministerial Nº 248-2007-PCM del 25 del agosto de 2007, la cual quedara integrada por los siguientes miembros: a. El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside b. Por el Instituto Nacional de Defensa Civil: Miembro titular : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro alterno : MORDAZA MORDAZA Carbonell c. Por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru: Miembro titular : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro alterno : MORDAZA MORDAZA MORDAZA d. Por la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial Miembro titular : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro alterno : MORDAZA MORDAZA Caceda Articulo 2º.- Secretaria Tecnica de la Comision La Comision Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros contara con el apoyo de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego PCM que MORDAZA las veces de Secretaria Tecnica de la Comision. Articulo 3º.- Transcripcion Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Secretaria de Descentralizacion de la PCM, a las personas mencionadas en los articulos precedentes, a los Gobiernos Regionales de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.1.1 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0032007-PCM-SD, y a la Secretaria de Coordinacion de la PCM, en cumplimiento del Memorandum Nº 595-2008PCM/SG. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 295677-7

AGRICULTURA
Establecen provisionalmente la MORDAZA de Amortiguamiento del Santuario Historico Bosque de Pomac
(Se publica la presente resolucion a solicitud del Ministerio de Agricultura, mediante Carta N° 869-2008INRENA-OA-ULOG, recibida el 24 de diciembre de 2008) RESOLUCION JEFATURAL Nº 320-2001-INRENA MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado consagra en su articulo 66º, la soberania estatal sobre el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables; a la vez que establece en su articulo 68º, la obligacion del Estado de promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el INRENA es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura creado por

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