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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de diciembre de 2008 386433 Reestructuran la conformación de la Comisión Sectorial de Transferencia a que se refieren las RR.MM. Nºs. 478-2002 y 248-2007-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2008-PCM Lima, 29 de diciembre de 2008 VISTOS:EL Ofi cio Nº 4316-2008-INDECI (4.0), el Ofi cio Nº 332-2008 CGBVP/OFIPLAN el Memorándum Nº 286- 2008-PCM/DNTDT y, el Memorándum Nº 545-2008-PCM/OGPP, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 478-2002- PCM, se constituye la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Descentralización, integrada por: el Secretario General de la PCM, quien la preside; el señor José Silva Ferrer, funcionario del INDECI; el ingeniero Omar Landeo Orozco, Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la PCM; y el señor César Villacorta Arévalo, funcionario del CONAM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2006, en el cual se programó en el caso del Sector a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, transferir las funciones comprendidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales de los Pliegos INDECI, CONAM, CGBVP y la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial DNTDT del pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM se establece que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva; Que, acorde a los Decretos Supremos Nº 036-2007- PCM, 074-2007-PCM, 025-2008-PCM, y 029-2008-PCM, las transferencias programadas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007” deben culminar de ejecutarse, a más tardar el 31 de diciembre de 2008, con excepción de la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones previstas en el artículo 62º de la Ley Nº 27867 en el marco de lo establecido en Decreto Supremo Nº 025-2008-PCM; las cuales se complementarán con las acciones programadas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2008”; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2008-MINAM se declara la desactivación y extinción del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, al haber concluido el proceso de fusión de dicha entidad con el Ministerio del Ambiente, dispuesta mediante el Decreto Legislativo Nº 1013, por lo que toda referencia que hubiere al Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, respecto de bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acerbo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos y activos y a las competencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo, deben entenderse como hechas al Ministerio del Ambiente. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reestructurar la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros Reestructurar la conformación de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, que fue constituida por la Resolución Ministerial Nº 478-2002-PCM del 20 de diciembre de 2002, y modifi cada con Resolución Ministerial Nº 248-2007-PCM del 25 del agosto de 2007, la cual quedará integrada por los siguientes miembros: a. El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside b. Por el Instituto Nacional de Defensa Civil: Miembro titular : Guillermo Monzón Talledo Miembro alterno : Gloria Otiniano Carbonell c. Por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú: Miembro titular : Samuel Gonzáles Victorio Miembro alterno : Walter Mendoza Gutiérrez d. Por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial Miembro titular : Omar Landeo Orozco Miembro alterno : Luis Vilchez Cáceda Artículo 2º.- Secretaría Técnica de la Comisión La Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros contará con el apoyo de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego PCM que hará las veces de Secretaría Técnica de la Comisión. Artículo 3º.- Transcripción Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la PCM, a las personas mencionadas en los artículos precedentes, a los Gobiernos Regionales de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.1.1 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD, y a la Secretaría de Coordinación de la PCM, en cumplimiento del Memorándum Nº 595-2008-PCM/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 295677-7 AGRICULTURA Establecen provisionalmente la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico Bosque de Pomac (Se publica la presente resolución a solicitud del Ministerio de Agricultura, mediante Carta N° 869-2008- INRENA-OA-ULOG, recibida el 24 de diciembre de 2008) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 320-2001-INRENA Lima, 13 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado consagra en su artículo 66º, la soberanía estatal sobre el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables; a la vez que establece en su artículo 68º, la obligación del Estado de promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, el INRENA es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura creado por Descargado desde www.elperuano.com.pe