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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2008 363524 SA. y PETROCENTRO UNIVERSITARIO S.A.C de conformidad con el Plano signado con el N° 025-2007-MDLO-GDU/SGCCHU las Obras de Habilitación Urbana para usos de vivienda de Densidad Media “R-3” (RDM) y Comercio Vecinal “C-2” (CZ) sobre el terreno de 16,000.00 m2. constituido por la Parcela Catastral Nº 10334, del Ex Fundo “Santa Rosa ubicado en el distrito de Los Olivos, en consecuencia RECEPCIÓNESE Obras de Habilitación Urbana realizada en dicho terreno, autorizándose la libre venta de los lotes que se recepcionan de acuerdo al siguiente diseño: De los 16,000.00 m2., corresponde a área útil de 6,471.19 m2., distribuidas de la siguiente manera: MANZANA N° DE LOTES VIVIENDA COMERCIOÁREAS ÚTILES A0 5Del 01 al 03, y del 04 y 051,659.99 m2. B 01 1 3,583.70 m2. C 01 1 1,075.00 m2. TOTAL 07 6,318.69 m2. De la diferencia 9,681.31 m2. corresponden 103.43 m2., área útil de compensación 4,039.88 m2., vías internas y 5,538.00 m2. Intercambio Vial Metropolitana Artículo Segundo.- DÉJESE, sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 03431-99 de fecha 30-12-1999 y el Plano N° 004-99 MDLO-DDU-DCCHU correspondiente a Recepción de Obras emitido por la Municipalidad Distrital de Los Olivos, de la Parcela Catastral Nº 10334 del Ex Fundo “Santa Rosa” del que se modifi có los linderos y medidas perimétricas, manteniéndose el área del terreno de 16,000.00 m2., conforme lo inscrita en la Partida N° 43834320, asiento B00002 del Registro de Predios de Lima. Artículo Tercero.- CONSIDERAR que la Compañía Inmobiliaria “Los Constructores” S.A. y Petrocentro Universitario S.A.C. en los contratos de compraventa que celebre deberá insertar una cláusula que establezca la indivisibilidad de los lotes 01, 02 y 03 destinados a la vivienda en la Manzana A. Artículo Cuarto.- REMÍTASE, Copia de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento de acuerdo al Decreto Supremo Nº 010-05-Vivienda. Artículo Quinto.- TRANSCRÍBASE, la presente Resolución al Registro de Predios de Lima, para los efectos de inscripción correspondiente y a los interesados Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario El Peruano, a cargo de los interesados estableciéndose en plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Catastro Control y Habilitaciones Urbanas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ALEIDA ARANDA CHAMPA Sub Gerente de Catastro, Control yHabilitaciones Urbanas 149298-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Declaran procedente solicitud de exclusión de terrenos de los alcances del Acuerdo de Concejo N° 029-2003- MDP/C ACUERDO DE CONCEJO Nº 087-2007-MDP/C Pachacámac, 19 de diciembre del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO:En sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 19 de diciembre del 2007, la misma que ha sido presidida por el señor Alcalde Hugo Ramos Lescano y los señores Regidores, respecto al Acuerdo de Concejo que defi ne la Exclusión de algunos terrenos de los alcances del Acuerdo de Concejo Nº 029-2003-MDP/C. CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, las Municipalidades provinciales y distritales proponen el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población. Que, en concordancia con la autonomía política conferida a las Municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal las funciones normativas en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple con sus funciones normativas, entre otros mecanismos, a través de Acuerdos, siendo decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos, de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, de conformidad con lo previsto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 029-2003- MDP/C, de fecha 11 de Noviembre del 2003, se establece declarar zona recreacional intangible y de interés público el área denominado El Hueco tomándose en cuenta las recomendaciones de la Secretaría Técnica de Defensa Civil, quienes recomiendan reubicar a las personas que se encuentran realizando vivencia en las áreas denominadas el Hueco y los que se encuentran ocupando dicha zona, como son los Asentamientos Poblacionales Los Claveles, Yarowilcas, La Hoyada, Santa Catherine, Señor de los Milagros, La Planicie, Los Industriales, San Cristóbal y otros, por la vulnerabilidad de la zona y califi cada como Alto Riesgo por haber sido anteriormente zona de extracción de materiales, realizados sin estudios de impacto ambiental y que por ello precisamente se denominan “ Huecos”. Que, con fecha 17 de Noviembre del 2007 a través del Documento Simple Nº 5691-2007, las Asociaciones de Vivienda “Señor de Los Milagros”, “Cristo Filadelfi a”, “Los Claveles Parte Alta”, “Los Claveles Parte Baja” y “Divino Jesús de Manchay”, que conforman el Sector La Fortaleza de la Quebrada de Manchay solicitan la Exclusión de sus terrenos de los alcances del Acuerdo de Concejo Nº 029-2003-MDP/C, a efectos de continuar con su trámite de Saneamiento, por cuanto a la fecha sus terrenos cumplen con las condiciones exigidas por Defensa Civil. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima comunica sobre el cumplimiento de las condiciones de seguridad en Defensa Civil en las posesiones informales antes mencionadas, previa evaluación de riesgo, el cual es ratifi cado por la Ofi cina de Defensa Civil de ésta Municipalidad a través del Informe Nº 0198-2007-MDP/SGDC de fecha 17 de Diciembre del 2007, concluyendo que las Asociaciones de Vivienda y Asentamientos Humanos “Señor de Los Milagros”, Filadelfi a”, “Los Claveles Parte Baja” y “Divino Jesús” de Manchay, que conforman el Sector LA Fortaleza de la Quebrada de Manchay cumplen con las Condiciones Básicas de Seguridad, habiendo levantado las observaciones en lo que respecta a ALTO RIESGO; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural mediante Informe N° 177-2007-MDP/GDUR de fecha 17 de Diciembre del 2007, luego de evaluar la documentación obrante, es de opinión favorable para la exclusión de los terrenos comprendidos en el Acuerdo de Concejo Nº 029-2003-MDP/C, señalando además que los planos