TEXTO PAGINA: 123
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2008 363529 condiciones de transporte y servicios dentro de un marco de efi ciencia económica; considerando que el artículo 7º de la Constitución Política del Estado, precisa que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su protección y defensa. El artículo 44º del mismo cuerpo legal dispone que es deber primordial del Estado la de proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Por otra parte el artículo 80 numerales 1.1 y 3.1. de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, tiene como funciones específi cas compartidas de las municipalidades provinciales, la de regular y controlar el proceso de disposición fi nal de los desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial, así como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, la de proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, mediante Informe Técnico Nº 99-2007-DLP/ MPS. del Jefe de la División de Limpieza Pública, da cuenta que la Comuna Satipeña viene recolectando los residuos sólidos de manera inadecuada por falta de vehículos recolectores y que debido a ello viene afectando al medio ambiente, considerando que los vecinos de la zona urbana y semi urbana no reciben este importante servicio y los desperdicios vienen arrojando a las riberas de los ríos Satipo y San Francisco, áreas verdes, márgenes de vías carreteras, pistas y asfaltos y que siendo de responsabilidad del gobierno local, evitar la contaminación del medio ambiente, así como la recolección de los residuos sólidos, se hace necesario y urgente de la adquisición de un compactador para prestar un servicio efi ciente, ya que el actual compactador con que se cuenta, ya cumplió su estado de operatividad; Que, mediante Informe Técnico Nº 144-2007-JDM/ MPS. del Jefe de la División de Maquinarias de fecha 21 de diciembre del 2007, presenta Informe Técnico sustentando la necesidad de adquirir un compactador hidráulico necesario para la recolección de residuos sólidos por tener una población aproximada de 11,400 habitantes y que en la actualidad la recolección de residuos sobrepasa las 20 toneladas diarias; recomienda asimismo, el Gerente de Seguridad Ciudadana y Servicios a la Comunidad, poner a consideración del Pleno del Concejo Municipal, para que autorice la exoneración del Proceso de adquisición de un Compactador de Basura de acuerdo al Perfi l de Pre Inversión “Fortalecimiento del pool de Maquinarias de la Municipalidad Provincial de Satipo – Junín”, con Código SNIP 52110, por un total de DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’482,171.00); Que, con dichos Informes se da cuenta, que la adquisición del compactador hidráulico servirá además para cumplir con el objetivo materia de lo acordado, considerando que en el ámbito de la zona no se dispone de este tipo de vehículos para alquiler , lo cual viene retrasando el cumplimiento de los objetivos y metas , situación que pone en grave riesgo la salud, salubridad y el medio ambiente; Que, mediante Informe Nº 437-A-2007-GPPCT/ MPS de fecha 27/12/07 el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Técnica, da a conocer que existe disponibilidad presupuestal para el Proyecto de Inversión Pública Viable “FORTALECIMIENTO DEL POLL DE MAQUINARIAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, PROVINCIA DE SATIPO – JUNIN”, con Código SNIP Nº 52110, por la cantidad de S/. 2´482,171.00 nuevos soles, con la FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 2 - Recursos Directamente Recaudados, 5 - Recursos Determinados: 07 - Fondo de Compensación Municipal y 18 - Canon, Sobre Canon y Regalías ; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 484- 2007-OAL/MPS. del presente año, se ha cumplido con emitir opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 142º del Decreto Supremo No. 084-2004-PCM modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, opinando por la procedencia del presente acuerdo;Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos antes referidos, procede autorizar y exonerar del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones de maquinaria y vehículos, por la causal prevista en el inc. c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º, 20º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y los documentos del Visto que forman parte integrante del presente Acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad; SE ACUERDA :Artículo Primero.- DECLARAR en EMERGENCIA la DISPOSICION FINAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS, LIQUIDOS Y VERTIMIENTOS INDUSTRIALES POR EL LAPSO DE TRES (3) MESES en el ámbito del Distrito Capital de Satipo , contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma , RATIFICANDO la Resolución de Concejo Nº 003-2007-CM/MPS. de fecha 12 de diciembre del 2007, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la adquisición de un Compactador Hidráulico de 15 m3, destinada a la recolección de desechos sólidos en el Distrito Capital de Satipo, conforme a los documentos precisados en la parte sustentatoria del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- EXONERAR DEL PROCESO DE SELECCIÓN la adquisición del vehículo siguiente : UN COMPACTADOR HIDRAULICO DE QUINCE METROS CUBICOS, para ser destinada a la recolección de desechos sólidos en el Distrito Capital de Satipo, unidad vehicular que se halla considerado dentro del Proyecto de Inversión Pública Viable “FORTALECIMIENTO DEL POLL DE MAQUINARIAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, PROVINCIA DE SATIPO - JUNIN” de Código SNIP Nº 52110 por un valor de DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´482,171.00), considerado en el Acuerdo de Concejo Nº 231-2007-CM/MPS. según el Informe Nº 437-A-2007-GPPCT/MPS, el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos previstos en los artículos 19º, 20º y 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento artículos 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 137-2007-EF; 146º, 147º y 148º, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, con cargo a la FUENTE DE FINANCIAMIENTO que se detalla: 2 Recursos Directamente Recaudados S/. 317,774.00 5 Recursos Determinados 2´164,397.0007 Foncomun 672,588.0018 Canon, Sobre Canon y Regalías 1´491,809.00T O T A L S/. 2´482,171.00 Artículo Cuarto.- PRECISAR que el período de exoneración de los procesos de selección para adquisición y contratación de bienes requeridos, no excederá de treinta (30) días calendario, rindiéndose la cuenta correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Satipo, la adquisición de la citada maquinaria pesada y vehículos y el servicio correspondiente, en el marco de la normatividad del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, actuando como veedores el Órgano de Control Institucional, representantes de la sociedad civil y debidamente fiscalizados por la(s) Comisión(es) de Regidores que corresponda. Artículo Sexto.- AUTORIZAR amplia y sufi cientemente al señor CESAR AUGUSTO MEREA TELLO, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Satipo, para que realice todos y cada una de las gestiones y trámites, conducentes a la ejecución del presente Acuerdo.