Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2008 (11/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de marzo de 2008 368512 Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Allan Wagner Tizón2,530.11 260.00 4+2 1,560.00 30.25 Marisol Flavia Agüero Colunga2,530.11 260.00 4+2 1,560.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 173789-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Bélgica para participar en la III Reunión de Expertos de América Latina y El Caribe - Unión Europea sobre Migración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0330/RE Lima, 10 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido una invitación de la Comisión Europea, para que un funcionario de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, asista a la III Reunión de Expertos América Latina y El Caribe-Unión Europea sobre Migración, que se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 10 al 11 de marzo de 2008; Que, el objetivo de dicha Reunión, de carácter técnico, es contribuir a la generación de políticas públicas a través del intercambio de ideas y experiencias en la perspectiva de la gobernabilidad migratoria y la protección de los derechos humanos de los migrantes; Que, dentro de la nueva política consular y de protección a las comunidades peruanas en el exterior, uno de los aspectos fundamentales consiste en brindar un adecuado seguimiento a la problemática migratoria de nuestros connacionales; Teniendo en cuenta el Memorándum (SCP) Nº 0122/2008, de 05 de marzo de 2008, de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, el artículo 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Marco Alberto Núñez-Melgar Maguiña, Director de Derechos de los Peruanos en el Exterior, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 10 al 11 de marzo de 2008, a fi n que participe en la III Reunión de Expertos de América Latina y El Caribe-Unión Europea sobre Migración. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que irrogue el viaje del citado funcionario serán cubiertos por los organizadores del evento, no generando egreso alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Tercero.- Los gastos por concepto de movilidad local, alojamiento y alimentación, así como el impuesto por uso de aeropuerto en Lima, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 29673 - Trámite, Defensa y Protección de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del indicado viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Marco Alberto Núñez-Melgar Maguiña 260 2+2 1,040.00 30.25 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el indicado viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 174207-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera del Programa Agua Para Todos a favor de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial - Cañete RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2008-VIVIENDA Lima, 10 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4) del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferenciafi nanciera, es únicamente el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberá suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley Nº 28927, establece que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo