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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2008 (11/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de marzo de 2008 368507 en el “Principio de Presunción de Veracidad”, según el cual se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados responden a la veracidad de los hechos que ellos afi rman; y en el “Principio de Privilegio de Controles Posteriores”, según el cual la autoridad administrativa se reserva mediante la aplicación de la fi scalización posterior el derecho a comprobar la veracidad de la información presentada; Que, mediante el inciso 32.1 del artículo 32º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que las entidades ante quienes es realizado un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa, en aplicación de la fi scalización posterior, tienen la obligación de verifi car de ofi cio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado; Que, mediante el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 096- 2007-PCM, se ha creado la Central de Riesgo Administrativo, de acceso exclusivo a las entidades de la Administración Pública, en la cual se deberá registrar a las personas que hayan presentado declaraciones, información o documentación falsa o fraudulenta al amparo de los procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; dispone que las entidades deberán dictar las normas específi cas para la implementación de la fi scalización posterior; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley Nº 27790, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2008-MINCETUR/ DM “Lineamientos para la Fiscalización Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, que aparece en el Anexo adjunto en cuatro (4) folios, que visado y sellado, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Informática y Estadística la publicación de la presente Resolución y la Directiva aprobada, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Artículo 3º.- La Directiva aprobada por la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación a que se refi ere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 173778-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 157-2008-DE/SG Lima, 19 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 102 de fecha 29 de enero de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Comandante de la Fuerza de Infantería Sur de los Estados Unidos de América tiene programado realizar reuniones ofi ciales con el Comandante de la Fuerza de Infantería de Marina; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 24 al 29 de marzo de 2008, para sostener reuniones ofi ciales con el Comandante de Infantería de la Marina de Guerra del Perú y visitar la Base Naval de Ancón. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 173869-1 Encargan funciones del Viceministerio de Recursos para la Defensa y del Viceministerio de Políticas para la Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2008-DE/SG Lima, 7 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 209s-2008-DE/ SG de fecha 28 de febrero de 2008 se autorizó el viaje de la señora doctora Nuria Esparch Fernández, Viceministra de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, a la ciudad de Guatemala, del 11 al 12 de marzo de 2008; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 111-2008- DE/SG de fecha 1 de febrero de 2008 se encargó el Viceministerio de Políticas para la Defensa a la doctora Nuria Esparch Fernández, a partir del 1 de febrero; Que, el artículo 26º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que el Ministro puede encargar a un viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe el de otro viceministro por ausencia del titular. En su defecto, corresponde al Ministro designar al funcionario que lo reemplazará en caso de ausencia. Que, resulta necesario encargar las funciones del Viceministerio de Políticas para la Defensa y del Viceministerio de Recursos para la Defensa al Secretario General, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, al doctor Renzo Leonardo Chiri Márquez, las funciones del Viceministerio de Recursos para la Defensa y del Viceministerio de Políticas para la Defensa, a partir del 11 de marzo de 2008 y en tanto dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 173869-2