Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2008 (11/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 11 de marzo de 2008

por lo que no se podria cumplir con el reporte de informacion a los destinatarios finales para la implementacion de las recomendaciones pedagogicas, dentro del plazo propuesto por la unidad usuaria, motivo por el cual propone la aprobacion de la exoneracion por la causal de desabastecimiento inminente, por entender que, con la entrega, el 28 de diciembre de 2007, de la base de datos a la unidad usuaria, conteniendo los resultados de la ECE 2007, se ha configurado una situacion extraordinaria e imprevisible para la entidad, que no le permite cumplir con el reporte de resultados dentro del plazo previsto, y que puede subsumirse en la causal descrita en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, la Unidad de Abastecimiento informa que a traves de la Resolucion de Secretaria General Nº 077-2008-ED de 13 de febrero de 2008, se ha incluido el MORDAZA para las contrataciones senaladas en la presente resolucion, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­PAAC de la entidad; Que, en el Informe de Estudio de MORDAZA Nº 098-2008ME/SG-OGA-UA-AEM, de fecha 07 de febrero de 2008, se da cuenta del resultado de las cotizaciones realizadas para la prestacion de los servicios MORDAZA indicados, sobre la base de los terminos de referencia formulados, dando por resultado un valor referencial total de S/. 553, 416.90, el mismo que, en la determinacion de valor referencial elaborado por el Area de Estudio de MORDAZA, esta desagregado en S/. 420, 575.90 para el servicio de impresion con data variable y embalaje de los resultados de la ECE 2007; S/. 50, 341.00 para el servicio de distribucion en MORDAZA y Callao de los reportes de resultados de la ECE 2007 y S/. 82,500.00 para el servicio de transporte a provincia de los reportes de resultados de la ECE 2007; Que, en la Hoja de Coordinacion Interna Nº 255-2008ME/SPE-UP de fecha 20 de febrero de 2008, la Unidad de Presupuesto, emite MORDAZA de disponibilidad presupuestaria, para las contrataciones materia del presente informe, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, la causal de desabastecimiento inminente, para la exoneracion de los procesos de seleccion, esta prevista en el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, la misma que debe ser aprobada por resolucion del titular de la entidad, con sustento en los informes tecnico y legal que correspondan; Que, el articulo 21º de la misma Ley senala que la situacion de desabastecimiento inminente se configura ante una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultando a la entidad a realizar las adquisiciones o contrataciones solo por el tiempo y la cantidad estrictamente necesarios para resolver la situacion, y el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos; Que, segun lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley Organica del Ministerio de Educacion, este sector formula las politicas nacionales en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, en MORDAZA con los planes del desarrollo y la politica general del Estado; supervisa y evalua su cumplimiento y formula los planes y programas en materias de su competencia y, de conformidad con lo establecido en el articulo 30º de la Ley General de Educacion, Ley Nº 28044, la evaluacion del alumno es un MORDAZA permanente de comunicacion y reflexion sobre los procesos y resultados del aprendizaje. Es formativa e integral porque se orienta a mejorar esos procesos y se ajusta a las caracteristicas y necesidades de los estudiantes; considerando ademas que la permanente implementacion y ejecucion de la evaluacion de los alumnos de educacion basica regular ha sido declarada de preferente interes social por el Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, de conformidad con el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la facultad de aprobar las exoneraciones corresponde al Titular del Pliego de la Entidad, la misma que es indelegable; Que, de conformidad con los informes tecnico y legal del visto, y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion modificada por la Ley N° 26510, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-ED, y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado

por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion por la causal de desabastecimiento inminente, del MORDAZA para la contratacion del servicio de impresion, embalaje, transporte y distribucion de los reportes de resultados de la evaluacion censal de estudiantes ECE 2007, hasta por un monto total de S/. 553,416.90 (Quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciseis con 90/100 nuevos soles), segun el siguiente detalle: Servicio de impresion con data variable y embalaje de los resultados de la Evaluacion Censal de Estudiantes ECE 2007 (que incluye los reportes individual, a la institucion educativa, a la unidad de gestion educativa local ­UGEL y guia de lectura y analisis de resultados), hasta por la suma de S/. 420, 575.90 (Cuatrocientos veinte mil quinientos setenta y cinco con 90/100 nuevos soles); Servicio de distribucion en MORDAZA y Callao de los reportes de resultados de la Evaluacion Censal de Estudiantes -ECE 2007, hasta por la suma S/. 50, 341.00 (Cincuenta mil trescientos cuarentiun con 00/100 nuevos soles) y Servicio de transporte a provincia de los reportes de resultados de la Evaluacion Censal de Estudiantes -ECE 2007, hasta por la suma de S/. 82,500.00 (Ochenta y dos mil quinientos con 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Las contrataciones cuya exoneracion se aprueba en el articulo primero, seran financiadas por la Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de Administracion efectue las contrataciones necesarias, a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que se publique la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­SEACE y que se remita, junto con los informes tecnico y legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

174137-1

JUSTICIA
Dan por concluida designacion de Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Ucayali
RESOLUCION SUPREMA Nº 047-2008-JUS
MORDAZA, 10 de marzo de 2008 VISTO, el Oficio Nº 198-2008-JUS/CDJE-P, del Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS se crearon las Procuradurias Publicas Anticorrupcion Descentralizadas con domicilio en las sedes de los Distritos Judiciales, las que dependen de la Presidencia del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 127-2007-JUS, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Ucayali; Que, mediante oficio de visto, el Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado manifiesta la conveniencia de dar por concluida la referida designacion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, por el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado;

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