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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de marzo de 2008 368515 Ofi cial El Peruano los días 1 y 2.Feb.2008, respectivamente, convocó al Concurso Público de Méritos Nº 01-2008-CG, a fi n de designar Sociedades de Auditoría para auditar los estados fi nancieros, examen especial a la información presupuestal y puntos de atención a considerarse como parte de la auditoría fi nanciera, correspondiente a siete (07) entidades, seis (06) en forma individual y un (01) grupo de cuatro (04) entidades; habiéndose adquirido veintidós (22) bases. Que, en la recepción y apertura de propuestas técnicas, participaron veintiún (21) postores, de los cuales dieciocho (18) fueron Sociedades de Auditoría en forma individual y tres (03) Sociedades de Auditoría en forma asociada; habiéndose aceptado veintinueve (29) propuestas técnicas y económicas (sobres “A” y “B”) para la ejecución de auditorías externas a siete (07) entidades. Que, conforme al documento del visto, de la evaluación y califi cación efectuada a las veintinueve (29) propuestas aceptadas, se han declarado ganadoras a seis (06) de ellas para cinco (05) entidades y un (01) grupo de cuatro (04) entidades, correspondientes a cinco (05) Sociedades de Auditoría en forma individual y una (01) a Sociedad de Auditoría en forma asociada; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y el Reglamento de las Sociedades de Auditoría, conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG; y, En uso de la facultad derivada del artículo 20º y 32º, de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar las Sociedades de Auditoría para realizar las auditorías a los estados fi nancieros, examen especial a la información presupuestal y puntos de atención a considerarse como parte de la auditoría fi nanciera correspondientes a seis (06) entidades, que a continuación se indican: Nº ORDNº PUBENTIDAD PERÍODO SOCIEDAD DE AUDITORIA GRUPO 1: 1 1 EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRO NORTE MEDIO S.A. - HIDRANDINA FINANCIERO VENERO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL / WEIS & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL2007 EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL CENTRO S.A. - ELECTROCENTRO S.A. EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONOROESTE S.A. EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL NORTE S.A. - ELECTRO NORTE S.A. 2 2 AGROBANCO - BANCO AGROPECUARIOFINANCIERO 2006 y 2007PORTAL VEGA Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 3 4 PERUPETRO S.A. 2007 TOLEDO Y LEZAMA CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL 45CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PISCO S.A.FINANCIERO 2007LUIS QUINTANA Y ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL 5 6 INMOBILIARIA MILENIA S.A. - INMISA FINANCIERO 2007CHAVEZ ESCOBAR Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 6 7 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE TRUJILLO - SATTFINANCIERO 2007LARRY MANUEL PIMINCHUMO LEYTON & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL Artículo Segundo.- Declarar desierto el Concurso Público de Méritos, por tercera vez, correspondiente a la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Auditoría Financiera, órgano dependiente de la Gerencia del Sector Económico, para que efectúe la supervisión al trabajo de campo a las Sociedades de Auditoría ganadoras. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 174208-1REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Sangana RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 105-2008-JNAC/RENIEC Lima, 26 de febrero de 2008 VISTOS: el Informe Nº 000052-2008/SGGORC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y el Informe Nº 000033-2008-GRC/ RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, según el cual, el Sistema Registral está conformado por los órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos de inscripción, encontrándose encargadas, las Ofi cinas Registrales, del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en el Centro Poblado de Sangana, distrito de Miracosta, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, ha formalizado el expediente para la delegación de funciones registrales, el cual ha sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional respectiva; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la delegación de las funciones registrales contenidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la presente Resolución, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Sangana, distrito de Miracosta, provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Artículo Segundo.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad mencionada, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo Tercero.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, proporcionará los Libros Registrales a la Ofi cina referida; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, para que el procedimiento registral se realice según las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 173313-4