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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de mayo de 2008 372722 CAMPESINA DE ALTO ORURILLO”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 034-2008-MDSJS/A; Ofi cio Nº 015-A-2008-MDMDB/LP suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mariano Dámaso Beraún, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huanuco, con el cual alcanza los Expedientes Técnicos de los Proyectos: “PAVIMENTACION DEL PATIO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL CASERÍO DE CAYUMBA”, aprobado con Resolución de Alcaldía 681-2007-MD-MDM- LP; y “CONSTRUCCION DE UNA ESCALINATA DE LA INSTTITUCIÓN EDUCATIVA DEL CASERÍO DE CAYUMBA”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 680-2007-MD-MDM-LP; Ofi cios Nº 302 y Nº 0322-2007-MDR/A suscritos por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Rondos, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco, con los cuales alcanza los Expedientes Técnicos de los Proyectos: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL SHULLUYACU-CHANCOS-COSMA-COCHOPAMPA”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 086-2007-MDR/A; e “INSTALACION Y MEJORAMIENTO DE GANADO VACUNO Y OVINO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LA MERCED DE PACHACHACA, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 087-2007-MDR/A; Ofi cio Nº 00256-2007.MDP-HCO suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pinra, provincia de Huacaybamba, departamento de Huanuco, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 0108-2007/AMDP/HCO; Ofi cios Nº 421 y Nº 422-2007-AMPY-CH suscritos por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yarowilca, Provincia de Yarowilca, departamento de Huanuco, con los cuales alcanza los Perfi les Técnicos de los Proyectos: “CONSTRUCCIÓN DE 02 AULAS C.N.I. 32289 DE JARPO - CHAVINILLO, PROVINCIA DE YAROWILCA - HUANUCO”, con Código SNIP Nº 70618; y “CONSTRUCCIÓN 02 AULAS I.E. 32218 + MOBILIARIO AULAS EXISTENTES AYAPITEG - CHAVINILLO, PROVINCIA DE YAROWILCA - HUANUCO”, con Código SNIP Nº 70508; Ofi cios Nº 654-2007-MPPA-A, Nº 007, 109 y 132-2008- MPPA-A suscritos por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, con los cuales alcanza los Expedientes Técnicos de los Proyectos: INSTALACION Y PRODUCCION DE UN SEMILLERO DEL CULTIVO DE PIÑA, CON LA DOTACIÓN DE UNA MOVILIDAD EN EL CASERÍO MICAELA BASTIDAS”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 231-2007-MPPA-A; “AGUA SEGURA Y GENERACIÓN DE INGRESOS PARA LA JUNTA VECINAL DE PAMPA YURAC”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 123-2008-MPPA/A; “CONSTRUCCIÓN LOCAL COMUNAL MULTIUSO PREVISTO””, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 117-2008-MPPA/A; “CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE ECOLOGICO EN EL PRINCIPAL ATRACTIVO TURISTICO DE LA REGIÓN UCAYALI - BOQUERON”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 118-2008-MPPA/A; y “DESARROLLO DE CAPACIDADES HUMANAS EN EL CASERÍO LA LIBERTAD”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 121-2008-MPPA/A; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 427-2007-PCM de fecha 27 de diciembre de 2007 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2008 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el cual ha sido modifi cado a la fecha debido a la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y a Modifi caciones en el Nivel Funcional Programático; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según los Memorandos de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Ayacucho, Junín, Apurímac, Huancavelica, Puno, Huanuco y Ucayali, han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN, y que tanto los Proyectos de Inversión Pública, como los Expedientes Técnicos presentados en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente declaratoria de viabilidad; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten veintidós (22) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que: “Cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolución debe publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web del Pliego. Para el cumplimiento de lo señalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional”; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 2.3 del Apéndice de la Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01 - Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142, señala sobre el numeral 9.4, respecto a los proyectos ejecutados en administración directa lo siguiente: “Para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administración directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa. Dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo suscrito”; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº Descargado desde www.elperuano.com.pe