Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2008 (05/11/2008)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2008
NORMAS LEGALES
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Mes de Noviembre Juzgado Penal Magistrado 2008 1 5º Juzgado Penal MORDAZA DEL MORDAZA BLESS CABREJAS . . . 30 . . . . . . 34º Juzgado Penal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
273530-1
ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Dejan sin efecto la Res. Nº 235-2007CONAFU y restituyen el Art. 30º en el Reglamento para la Autorizacion y Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Res. Nº 1962004-CONAFU
RESOLUCION Nº 364-2008-CONAFU MORDAZA, 19 de setiembre del 2008 VISTOS: La Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, la Resolucion Nº 235-2007CONAFU de fecha 27 de agosto del 2007; y el Acuerdo Nº 379-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 17 y 18 de setiembre del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal g) del Articulo 2º de la Ley Nº 26439: "son atribuciones del CONAFU: ... g) Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las universidades con autorizacion provisional"; en concordancia con el inciso k) del Articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazas de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Estatuto del CONAFU, "Son fines del CONAFU: a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria. c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el Articulo 7º de la Ley Nº 26439, Ley de creacion de CONAFU, para otorgar la autorizacion de funcionamiento provisional de una universidad";
Que, por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, se aprueba el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU; Que, por Resolucion Nº 235-2007-CONAFU de fecha 27 de agosto del 2007 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de septiembre del 2007, se modifica el Articulo 30º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre del 2007; el cual quedo redactado de la siguiente manera: "Articulo 30.- El puntaje para la aprobacion de Proyectos de Universidades, sera: 1. PDI: 100%; 2. Carreras Profesionales: 100%; 3. Cuatro variables principales: 100% a. Plan de Estudios, b. Plana Docente, c. Laboratorios y Talleres, y d. Biblioteca"; Que, del analisis de la Resolucion descrita en el parrafo anterior, se advierte que la exigencia de un 100% para la Aprobacion de un Proyecto de desarrollo institucional no es idonea, porque los items de las tablas que se utilizan para su evaluacion, tienen un escala de puntajes que permiten calificar un proyecto como apropiado, sin necesidad de obtener un calificativo porcentual; Que, en sesion de fecha 17 y 18 de setiembre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 379-2008CONAFU acuerda Dejar sin efecto la Resolucion Nº 2352007-CONAFU de fecha 27 de agosto del 2007 y Restituye el Articulo 30º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004; Por estas consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Nº 235-2007-CONAFU de fecha 27 de agosto del 2007, que resolvia modificar el Articulo 30º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU. Articulo Segundo.- RESTITUIR el Articulo 30º en el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU. Articulo Tercero.- DEJESE SIN EFECTO toda Disposicion que se oponga a la presente resolucion. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 272781-1
Admiten a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 413-2008-CONAFU MORDAZA, 15 de octubre del 2008 VISTOS: La Carta S/N recibida en fecha 14 de MORDAZA del 2008, el Oficio N° 1103-2008-CONAFU-P de fecha 12 de junio del 2008, el Oficio Nº 006-2008-PUSMM recibido en fecha 27 de junio del 2008, la Resolucion N° 308-2008CONAFU de fecha 13 de agosto del 2008, el Oficio Nº 007-2008-PUSMM recibido en fecha 03 de setiembre del 2008, el Informe Legal Nº 250-2008-CONAFU-CJ de fecha 16 de setiembre del 2008, el Oficio Nº 693-2008CONAFU-CDAA de fecha 10 de setiembre del 2008, y el Acuerdo Nº 430-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo los dias 13 y 14 de octubre del 2008; y,


