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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (03/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380794 De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 137º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26338 - Ley General de Servicios de Saneamiento, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 069-2005-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1º.- Declaración del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia por el plazo de 60 días naturales, en la provincias de Paita y Talara del departamento de Piura, a fi n de ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes en el Sistema de Producción y Abastecimiento de Agua Potable: Eje: Paita - Talara, y evitar el desabastecimiento de agua potable en las referidas provincias, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Ejecución de acciones El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Gobierno Regional de Piura, las Municipalidades Provinciales de Paita y Talara y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A. - EPS GRAU S.A, ejecutarán las acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del Despacho del Ministeriode Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 260196-1 Aprueban Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2008-PCM Lima, 2 de octubre de 2008Vistos, el O fi cio Nº 385-2008-SUNASS-030 de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, el Informe Nº 074-2008-PCM-SGP.RCC, adjunto al Memorándum Nº 448-2008-PCM/SGP; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, concordado con el artículo 31º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM - Decreto Supremo que aprueba la cali fi cación de organismos públicos de acuerdo a la Ley Nº 29158, establecen que los Organismos Reguladores como la SUNASS, son Organismos Públicos Especializados adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública, estableciendo en el numeral 14.1 del artículo 14º, que el proyecto del Cuadro de Asignación de Personal, para el caso de los Ministerios y los Organismos Públicos, debe ser remitido para informe previo a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el artículo 15º del precitado Decreto Supremo, indica que la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal de los Organismos Públicos se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector; Que, el literal d) del artículo 7º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2008, exceptúa de las normas de austeridad en las acciones de personal a la SUNASS, autorizándose en el Anexo “C” de la citada norma, la contratación de 53 plazas, contando previamente con el informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros, conforme al ámbito de su competencia; Que, mediante la Undécima Disposición Final de la Ley Nº 29142, se autorizó a la SUNASS la ampliación de su Cuadro de Asignación de Personal, en concordancia con su Presupuesto Analítico de Personal, aprobado por la Entidad, siempre que cuente con disponibilidad presupuestal proveniente de recursos propios, para lo cual se exonera de las restricciones dispuestas en el Decreto Supremo Nº 073-2004-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 284-2007- PCM, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la SUNASS; Contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal de 2008, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- De la Aprobación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP. Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- De las acciones de personal necesarias. La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS podrá realizar las acciones de personal necesarias para cubrir los cargos previstos en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP que se aprueba mediante la presente Resolución, por concurso público de méritos y siempre que las plazas respectivas se encuentren debidamente presupuestadas con recursos propios. Artículo 3º.- De la Publicación. La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal de la SUNASS aprobado por el artículo 1º de la presente norma será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe) de conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo de la Ley Nº 29091 que modi fi ca la Ley Nº 27444. Artículo 4º.- De la Vigencia. La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales a que se re fi ere el artículo 3º de la presente Resolución.