Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2008 (19/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA N° 043-2008 AUTORIZA AL PLIEGO MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL A REALIZAR MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN SU PRESUPUESTO INSTITUCIONAL CON EL OBJETO DE ADQUIRIR ALIMENTOS PARA LA ATENCION DE LOS BENEFICIARIOS DEL SUBPROGRAMA ESCOLAR DEL PROGRAMA INTEGRAL DE NUTRICION (PIN), A CARGO DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA ­ PRONAA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Que, conforme a la Ley Nº 27793, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es el organismo rector, promotor y articulador de politicas, planes y programas sociales nacionales de mujer y desarrollo social, que contribuyen a superar la inequidad, la exclusion y la pobreza, encontrandose entre sus funciones basicas, a traves de sus organos competentes, brindar atencion integral en los Hogares de Proteccion, a los ninos y adolescentes sin vinculo familiar, en situacion de abandono y/o vulnerabilidad, mediante la satisfaccion de sus necesidades basicas, relacionadas a alimentacion, vivienda, vestido, educacion, salud, entre otros; Que, actualmente, el Programa Integral de Nutricion (PIN) a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social requiere la habilitacion de recursos presupuestales que aseguren la continuidad de los servicios brindados a traves del Subprograma Escolar de PIN, el mismo que tiene como objetivos, contribuir a prevenir la anemia, propiciar la asistencia escolar, mantener un estado nutricional adecuado y promover conductas saludables, en ninos y ninas entre los seis (06) y doce (12) anos de edad, en situacion de vulnerabilidad nutricional, en mas de 25,000 Instituciones Educativas ubicadas en los distritos de las zonas pobres del pais; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se muestran saldos presupuestales proyectados hasta por la suma de S/. 18 806 984,00 (Dieciocho Millones Ochocientos seis mil novecientos ochenta y cuatro y 00/100 nuevos soles) orientados a actividades educativo ­ comunicacionales que debido al rediseno de la metodologia y estrategia de intervencion no se han ejecutado; saldos, que a merito de la problematica referida en el considerando precedente pueden ser destinados para la adquisicion de alimentos en el MORDAZA de la Ley Nº 27060 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MIMDES, para la atencion de los beneficiarios del Subprograma Escolar del Programa Integral de Nutricion; por lo que resulta necesario dictar una medida extraordinaria y de caracter urgente que autorice al Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a realizar modificaciones presupuestarias en su Presupuesto Institucional con el objeto de atender las acciones consideradas en el Programa Integral de Nutricion (PIN); Que, el articulo 16º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 senala que no pueden ser objeto de anulaciones presupuestarias los creditos presupuestarios asignados para el financiamiento de los Programas Estrategicos senalados en el articulo 15º de la misma; siendo que esta MORDAZA refiere que la implementacion del Presupuesto por Resultados para el Ano Fiscal 2008 se realiza de

manera progresiva en las entidades del Sector Publico, promoviendo la incorporacion de instrumentos tales como la programacion presupuestaria estrategica, metas fisicas, indicadores de resultados, monitoreo y evaluacion de los programas estrategicos, siendo que en el presente Ano Fiscal se implementan los Programas Estrategicos Salud MORDAZA Neonatal, Articulado Nutricional, Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo, Acceso a la Identidad y Acceso a Servicios Basicos, y Oportunidades de MORDAZA en los Pliegos Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Educacion, Ministerio de Salud, Seguro Integral de Salud, Instituto Nacional de Salud, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, segun corresponda; Que, en tal sentido, a fin de asegurar la continuidad de los servicios que se brindan a traves del referido Subprograma Escolar del Programa Integral de Nutricion (PIN), a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, resulta necesario dictar una medida extraordinaria y de caracter urgente, de naturaleza economica y financiera que permita a dicho Pliego realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico en su presupuesto institucional, exceptuandolo para tal efecto, de la prohibicion establecida en el articulo 16° de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; Que, tal medida es de naturaleza economica y financiera, de interes nacional, que de no dictarse urgentemente pondria en riesgo la continuidad de los servicios que brinda el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Integral de Nutricion ­ Subprograma Escolar que ejecuta el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, a favor de ninos y ninas entre los seis (06) y doce (12) anos de edad, en situacion de vulnerabilidad nutricional, en mas de 25,000 Instituciones Educativas ubicadas en los distritos de las zonas pobres del pais; En uso de las atribuciones que confieren el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Medida extraordinaria Exceptuese, unicamente, al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social de la prohibicion establecida en el articulo 16º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a efecto de que realice modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico en su presupuesto institucional, aprobado por la citada Ley, con el objeto de habilitar recursos hasta por la suma de S/. 18 806 984,00 (Dieciocho Millones Ochocientos seis mil novecientos ochenta y cuatro y 00/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para que MORDAZA destinados exclusivamente a la adquisicion de alimentos para la atencion de los beneficiarios del Subprograma Escolar del Programa Integral de Nutricion (PIN), a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre del ano dos mil ocho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas

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