Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2008 (19/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de octubre de 2008
Nº 83 84 NUMERO DE REGISTRO F3218N0016 F0802N0690 NOMBRE COMERCIAL WARFA-TONG ZOLIPLUS 1500

NORMAS LEGALES
ORIGEN PERU PERU EMPRESA RESPONSABLE DEL REGISTRO BIO MORDAZA S.A. INNOVA MORDAZA S.A.

381777
FECHA DE VENCIMIENTO DE REGISTRO 20/08/2013 21/08/2013

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA NAKAYO Director General (e) Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria

266241-1
Ministerio de Economia y Finanzas ha procedido a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del ano 2008; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion del Canon Pesquero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de este ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del ano 2008; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27506, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411 y el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del ano 2008, a aplicar a los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas

ECONOMIA Y FINANZAS
Indices de Distribucion del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del ano 2008
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 585-2008-EF/15
MORDAZA, 17 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, creo el Canon Pesquero senalando que dicho Canon esta compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiologicos de aguas maritimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el literal e) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2003-EF, establece la base de referencia para calcular el Canon Pesquero, la cual esta constituida por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca a que se refiere la Ley General de Pesca pagado por las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiologicos de aguas maritimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el literal e) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado por el Decreto Supremo Nº 187-2004-EF, establece que el monto del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, sera determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en los articulos 41º y 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, debiendo el Ministerio de la Produccion informar al Ministerio de Economia y Finanzas respecto de los lugares donde las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala desembarquen los recursos hidrobiologicos asi como los volumenes de pesca de mayor escala desembarcados en tales lugares durante cada periodo, dentro de los 20 (veinte) dias habiles siguientes al ultimo dia del mes que culmine el semestre, a efectos de determinar los indices de distribucion respectivos; Que, el primer parrafo del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, establece que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, dentro de los 3 (tres) primeros meses del ano, proporcionaran al Ministerio de Economia y Finanzas la informacion necesaria a fin de elaborar los indices de distribucion del Canon que resulten de la aplicacion de los criterios de distribucion establecidos; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por el articulo 2º de la Ley Nº 28322, establecio nuevos criterios de distribucion del Canon; Que, en base a la informacion proporcionada por el Ministerio de la Produccion ­ PRODUCE, mediante Oficio Nº 988-2008-PRODUCE/DVP y por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, mediante Oficios Nº 6452008-INEI/DTDIS y Nº 818-2008-INEI/DTDIS, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES del

ANEXO CANON PESQUERO PROVENIENTE DE LOS DERECHOS DE PESCA I SEMESTRE 2008 (Nuevos Soles)
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO), GOBIERNO REGIONAL INDICES

TOTAL GOBIERNOS LOGALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA COCHABAMBA COLCABAMBA HUANCHAY INDEPENDENCIA JANGAS LA MORDAZA OLLEROS PAMPAS PARIACOTO PIRA TARICA AIJA AIJA

1.0000000000

0.0028387542 0.0003284242 0.0000763545 0.0003109374 0.0037737200 0.0003266252 0.0001429434 0.0002571228 0.0002092154 0.0004525339 0.0006058411 0.0004747658 0.0002208312

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