Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2008 (15/09/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 15 de setiembre de 2008

Visto el Expediente Nº 08-057134-001 que contiene el Memorandum Nº 1223-2008-OGPP-OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual propone el Documento Tecnico: Directiva Administrativa para la formulacion, seguimiento, evaluacion y reprogramacion del Plan Operativo Anual 2009 de las entidades y dependencias del Ministerio de Salud ­ Pliego 011; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 71.1 del articulo 71º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Nº 28411, las Entidades, para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estrategico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), segun sea el caso; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 3º, 4º, 17º y 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias, el Ministerio de Salud comprende a sus organos desconcentrados y organos que dependen tecnica y funcionalmente, y en el ambito de su gestion institucional y sectorial, disena y MORDAZA los procesos organizacionales, de modo que a traves de la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto conduce el MORDAZA de planeamiento operativo anual, definiendo y difundiendo la normatividad y metodologias sobre el tema; Que, en ese contexto, en el MORDAZA de sus competencias, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional, ha propuesto la aprobacion del Documento Tecnico: Directiva Administrativa para la formulacion, seguimiento, evaluacion y reprogramacion del Plan Operativo Anual 2009 de las entidades y dependencias del Ministerio de Salud ­ Pliego 011, que tiene por finalidad contribuir al desarrollo de una gestion por resultados, que muestre la programacion de las metas en concordancia con los recursos financieros asignados tomando en consideracion el MORDAZA MORDAZA Macroeconomico 2009-2011 ; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el mencionado Documento Tecnico a efectos de impartir las pautas, directrices y normas para iniciar el MORDAZA de Planeamiento Operativo para el ano 2009 en todas las Entidades y Dependencias del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud; Con el visado del Viceministro de Salud, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 141 /MINSA/OGPP V.01., Directiva Administrativa para la formulacion, seguimiento, evaluacion y reprogramacion del Plan Operativo Anual 2009 de las entidades y dependencias del Ministerio de Salud ­ Pliego 011, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan Operativo Anual 2009 de la Unidad Ejecutora Nº 001 Administracion Central del Ministerio de Salud se aprobara mediante Resolucion Ministerial. Para el caso de los Planes Operativos 2009 de las Entidades y Dependencias del Pliego 001 ­ MINSA, seran aprobados con la correspondiente Resolucion Directoral. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional, realice las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a la Directiva Administrativa que se aprueba con la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Directiva Administrativa en el MORDAZA del Ministerio de Salud. Registrese comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud 251301-9

Visto el Expediente Nº 07-080496-001 que contiene el Memorandum Nº 3835-2007-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a los servicios de salud; Que, mediante documento del visto, el Director General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobacion el proyecto de "Norma Tecnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Patologia Clinica", con la finalidad de mejorar la calidad de atencion que se brinda en la Unidad Productora de Servicios (UPS) de Patologia Clinica de los servicios de salud publicos y privados del Sector Salud; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la "NTS Nº 072 -MINSA/DGSPV.01. "Norma Tecnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Patologia Clinica", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, es responsable de la difusion, supervision e implementacion de la citada MORDAZA Tecnica de Salud. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la difusion, implementacion, supervision y aplicacion de la citada MORDAZA Tecnica de Salud, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/portal/ 06transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO - LECCA MONTANEZ Ministro de Salud

251301-10

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora en FM en la localidad de Tarma
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 551-2008-MTC/03 MORDAZA, 11 de setiembre de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2008-029000, presentado por don MORDAZA VILLENA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Tarma, departamento de Junin.
CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas;

Aprueban MORDAZA Tecnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Patologia Clinica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 627-2008/MINSA MORDAZA, 11 de setiembre del 2008

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