Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2008 (15/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 15 de setiembre de 2008

debiendo tomar en cuenta la informacion y antecedentes senalados en la parte considerativa. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura y de los interesados. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial

Estando a la normativa mencionada y en uso de las atribuciones conferidas a la Jefa de la ONPE en el articulo 13º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el literal d) del articulo 9º de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 099-2007J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefaturales N° 007 y 058-2008-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Gestion Electoral y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

250962-1

ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban diseno de cedulas de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008
RESOLUCION JEFATURAL N° 111-2008-J/ONPE
MORDAZA, 12 de setiembre de 2008 VISTOS; Los Informes N° 168-2008-SGOE/ONPE y N° 006-2008-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, el Informe N° 092-2008-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica, de fecha 12 de setiembre de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 211-2008-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de MORDAZA de 2008, se ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el MORDAZA 7 de diciembre proximo, en diversas circunscripciones de la Republica; Que, de conformidad con el articulo 176º de la Constitucion Politica del Peru, los organismos electorales tienen por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa; Que, el articulo 182º del mismo cuerpo normativo senala que es competencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE la organizacion de todos los procesos electorales, de referendum y los de otros tipos de consulta popular, incluyendose el diseno y elaboracion de la cedula de sufragio; Que, en concordancia con el texto constitucional, el literal c) del articulo 5° de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487, senala como funcion de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo; precisandose en el literal b) del mismo articulo la competencia de la ONPE para disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que, asimismo el articulo 159° de la Ley Organica de Elecciones, Ley N° 26859 dispone que corresponde a la ONPE determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, la impresion y distribucion de las mismas, asi como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el MORDAZA al elector; Que, de conformidad con los literales f) y g) del articulo 42° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 099-2007-J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefaturales N° 007 y 058-2008J/ONPE, es funcion de la Gerencia de Gestion Electoral elaborar las especificaciones tecnicas de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; asi como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio y elaborar el diseno grafico, y proponer dichos materiales a la Jefatura Nacional para su aprobacion; Que, finalmente, el literal e) del articulo 9º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones dispone que es funcion de la Jefatura Nacional aprobar el diseno de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral;

Articulo Primero.- Aprobar el diseno de las cedulas de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008, cuyos formatos aparecen en los anexos 2 y 3, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los formatos de cedulas de sufragio a que se refiere el articulo precedente tienen las especificaciones tecnicas consignadas en el anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil el contenido de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales

ANEXO Nº 1 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL MODELO DE LA CEDULA DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2008
I. MEDIDAS: El tamano minimo de la cedula de sufragio sera de 13.5 cm. de largo x 20.5 cm. de ancho y de acuerdo al numero de autoridades sometidas a consulta que se presente, el largo se incrementara proporcionalmente hasta un MORDAZA de 28 cm. lI. ANVERSO: La cedula se encuentra dividida en cinco secciones: Encabezado, Subtitulo, Instrucciones al elector, Cuerpo de la cedula y Pie de pagina. 2.1. Encabezado: Para la cedula distrital consta de dos lineas de texto, consignando en la primera linea el nombre del Concejo Distrital y en la MORDAZA el nombre de la provincia escrito en negro. En caso de la cedula provincial, consigna en una linea el nombre del Concejo Provincial. El Escudo Nacional va impreso en ambos extremos. 2.1.1. Subtitulo: Conformado por una fila gris que dice: "CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2008", en letras blancas. 2.1.2. Instrucciones al elector: Lleva el texto "marque con una MORDAZA (+) o aspa (x) dentro del recuadro del SI o NO". 2.1.3. Cuerpo de la cedula: Consta de una a ocho filas segun el numero de autoridades sometidas a consulta con la pregunta al elector sobre dicha autoridad o autoridades, impresas en color gris con la trama diagonal de color MORDAZA formada por las siglas "JNE RENIEC ONPE" repetidas de manera uniforme sobre el area de la fila. Cada una de estas filas presenta 4 secciones claramente diferenciadas: 2.1.3.1. Numeracion de las autoridades sometidas a consulta: Enumera correlativamente cada una de estas filas. Impreso en color gris. 2.1.3.2. Pregunta: Detalla el nombre de la autoridad sometida a consulta (alcalde y/o regidor/es) y a continuacion la pregunta de si debe dejar el cargo que ocupa. Impreso en color negro. 2.1.3.3. Primera opcion de respuesta: Recuadro impreso en fondo color MORDAZA con el texto "SI" en color blanco. 2.1.3.4. MORDAZA opcion de respuesta: Recuadro impreso en fondo color cyan con el texto "NO" en color blanco. 2.1.4. Pie de pagina: Franja horizontal de color gris medio con una trama diagonal de color MORDAZA, formada por las siglas " JNE RENIEC ONPE " repetidas de manera uniforme sobre toda el area de la franja.

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