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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (13/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400771 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de Resolución que aprueba los precios de servicios colaterales que EPSASA presta a sus usuarios RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 031-2009-SUNASS-CD. Lima, 7 de agosto de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 007-2008-EPSASA/GG, presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. – EPSASA, mediante el cual solicita la aprobación de los Precios de los Servicios Colaterales que prestan a sus usuarios; La Resolución Nº 001-2009-SUNASS-GRT mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria admite a trámite la solicitud de EPSASA para la determinación de los Precios de los Servicios Colaterales, dando inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Informe Nº 050-2009-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria presentando el proyecto de Estudio de Precios de los Servicios Colaterales de EPSASA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 41º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la SUNASS aprobará los procedimientos para la determinación de los precios que deben cobrarse por la prestación de los servicios colaterales que por su naturaleza sólo pueden ser realizados por las entidades prestadoras; Que, en el marco de la “Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento” y la “Directiva para la Formulación de los Planes Maestros Optimizados”, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS- CD1, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 006-2006-SUNASS-GRT del 15 de agosto de 20062 se inició el procedimiento de aprobación de ofi cio de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años de EPSASA; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 087-2007-SUNASS-CD del 18 de diciembre de 20073 se aprobó la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión que serán de aplicación por EPSASA para el próximo quinquenio, no habiéndose incluido la propuesta tarifaria para los servicios colaterales en la medida que el procedimiento fue iniciado de ofi cio; Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD4, establece que las EPS que cuenten con Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión aprobadas por la SUNASS, pero que no hayan incluido la propuesta tarifaria para de precios por la energía o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generación es calculado como el promedio ponderado de los Contratos sin Licitación y los Contratos resultantes de Licitaciones. Mediante Decreto Supremo Nº 019- 2007-EM se aprobó el “Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN”. Mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD, se aprobó la norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados” (en adelante “Procedimiento”). El Procedimiento ha sido modifi cado con anterioridad por la Resolución OSINERGMIN Nº 636-2007-OS/CD, y posteriormente por la Resolución OSINERGMIN Nº 638-2007-OS/CD, con la fi nalidad mejorar la metodología de cálculos. Con la fi nalidad de seguir con las mejoras al Procedimiento, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN ha desarrollado una Plataforma Web para que las empresas remitan su información, así como, brindándoles a través de esta plataforma reportes de interés y utilidad tanto para ellos, como para el publico en general. En este sentido, esta plataforma ayudará, tanto a las empresas como al OSINERGMIN, para el mejor control de la información que se reporta, así como, en la etapa de consolidación y validación de la misma. Por las razones antes expuestas, resulta necesario introducir modifi caciones al Procedimiento. 382859-1 los Servicios Colaterales, podrán solicitar la aprobación de su propuesta tarifaria para los Servicios Colaterales, debiendo seguir el procedimiento descrito en el Capítulo 2 del Título 3 del mismo Reglamento; Que, adecuando los artículos 25º y 26º del Reglamento General de Tarifas al presente procedimiento, en atención a su Primera Disposición Transitoria, corresponde llevar a cabo (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS del Proyecto de Resolución que aprueba los precios de los servicios colaterales que la EPS presta a sus usuarios, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento del referido Proyecto de Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Estando a lo acordado en la sesión de Consejo Directivo Nº 015-2009-SUNASS; HA RESUELTO: Artículo Primero.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución que aprueba los precios de los servicios colaterales que EPSASA presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento del referido proyecto, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo Segundo.- Disponer la convocatoria a audiencia pública en la que la SUNASS sustentará la propuesta de los Precios de los Servicios Colaterales que EPSASA presta a sus usuarios, debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de servicios de EPSASA y en la página web de la SUNASS. Artículo Tercero.- La audiencia pública a la que se refi ere el artículo anterior se llevará a cabo en el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente señale en el aviso de convocatoria y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Los interesados podrán presentar sus comentarios sobre el Proyecto de Resolución a que 1 Derogada por el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007- SUNASS-CD. 2 Publicada el 17 de agosto de 2006 en el Diario Ofi cial El Peruano. 3 Publicada el 29 de diciembre de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano. 4 Publicado el 5 de febrero de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano. PROYECTO