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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2009 (30/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389505 y sostener reuniones de coordinación con el alto mando de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2009 DE/SG 29 de enero 2009 a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) Ofi ciales de los Estados Unidos de América para realizar una visita protocolar y sostener reuniones de coordinación con el alto mando de la Fuerza Aérea del Perú. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. TENIENTE GENERAL USAF NORMAN R. SEIP 2. COMANDANTE USAF ALBERTO MORENO 3. MAYOR USAF CYNTHIA MOSENBRINK c. TIEMPO DE PERMANENCIA DEL 29 DE ENERO AL 01 DE FEBRERO DE 2009. 307164-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversión durante el año 2009 DECRETO SUPREMO Nº 017-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Vigésima Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autoriza la incorporación de los créditos presupuestarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan comprometido y/o devengado al 31 de diciembre de 2008 para la continuación de los proyectos de inversión durante el año 2009, estableciendo además que la referida incorporación se efectúa mediante Decreto Supremo; Que, conforme a la referida disposición fi nal, a través del Decreto Supremo Nº 013-2009-EF se autorizó un primer Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 479 530 230,00 a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para un conjunto de proyectos de inversión que registraron una ejecución fi nanciera superior al 25% respecto al presupuesto institucional del año fi scal 2008; Que, mediante el Ofi cio Nº 0264-2009-OGPP/MINSA el Ministerio de Salud solicita que se consigne en el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, 22 proyectos de inversión que cuentan con recursos no comprometidos y/o devengados al 31 de diciembre del 2008 en dicho Ministerio y que a partir del AÑO FISCAL 2009 están a cargo del referido Gobierno Regional; Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, que dispone la fusión del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE en el Ministerio de Agricultura, es necesario que los recursos no comprometidos y/o devengados al 31 de diciembre de 2008, de los proyectos de inversión del INADE, materia del presente dispositivo, se consideren en dicho Ministerio; Que, los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales requieren mayores recursos para atender la ejecución de sus proyectos de inversión durante el año 2009, para lo cual resulta necesario autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 hasta por la suma de MIL DOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 285 046 615,00), con cargo a los créditos presupuestarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan comprometido y/o devengado al 31 de diciembre de 2008, a que se refi ere la referida Vigésima Tercera Disposición Final; De conformidad con lo establecido por la Vigésima Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 285 046 615,00), exclusivamente para garantizar la continuidad de los proyectos de inversión, conforme a la relación establecida en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1 285 046 615,00 ----------------------- TOTAL INGRESOS 1 285 046 615,00 ============= GASTOS SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisición de Activos no Financieros 1 021 676 330,00 ----------------------- TOTAL 1 021 676 330,00 ============= SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisición de Activos no Financieros 263 370 285,00 --------------------- TOTAL 263 370 285,00 ============= TOTAL GASTOS 1 285 046 615,00 ============= Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Autorícese a los Titulares de los Pliegos comprendidos en la presente norma legal a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en