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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389491 4. La planta de procesamiento o matadero está en un área donde no han ocurrido brotes epidémicos ni ENFERMEDADES INFECCIOSAS que afecten a la especie, en los seis meses previos al sacrifi cio. 5. La carne fue derivada de animales que fueron ofi cialmente sometidos a inspección ante mortem y post mortem por ofi ciales de inspección de FSIS. 6. Fueron sometidas a congelación a temperatura y tiempo especifi cados en la tabla 2 de la Sección 318.10(c) (2), 9 CFR para la destrucción de la triquina. 7. Las carcasas fueron sujetas y colgadas apropiadamente para permitir el desangrado antes de ser sometidas a procedimiento de deshuesado, que remueve todos los huesos hasta la pezuña y los vasos sanguíneos. 8. El producto está marcado de manera que pueda ser identifi cado. 9. El producto es apto para consumo humano. 10. El producto fue empacado en cajas nuevas, donde consta la fecha de empaque. El producto fue transportado en contenedores equipados de manera que aseguren la preservación del producto. 11. Los contenedores o camiones de transporte fueron lavados y desinfectados ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS AL PROVEEDOR EN ESTADOS UNIDOS, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN ESTAS EXIGENCIAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO. 307402-1 Designan responsables de la elaboración del Portal de Transparencia y de la entrega de información de acceso público de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 008 -2009-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 27 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modifi cada por la Ley Nº 27927, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, señala que la fi nalidad de la Ley es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud del artículo 51º de la Constitución Política del Perú, el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley acotada, todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública están sometidas al Principio de Publicidad, para cuyo efecto, se establece el procedimiento administrativo correspondiente; Que, los artículos 5° y 25° de la norma en mención, establecen la obligación de las entidades de la Administración Pública de difundir a través de Internet, la información relacionada a sus fi nanzas públicas y gestión con la fi nalidad de que todos los ciudadanos puedan ejercer supervisión y permitir una adecuada rendición de cuentas; Que, mediante Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP, se establecen los lineamientos para la uniformización del contenido de los portales de transparencia de las Entidades Públicas; Que, estando a lo dispuesto, resulta pertinente designar a los responsables de la elaboración del Portal de Transparencia y de la entrega de información del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, AGRO RURAL, quienes conforme a la responsabilidad previstas en el Texto Único Ordenado de la citada Ley, deberá permitir el acceso de los ciudadanos a la información institucional de carácter público, cautelando la de carácter secreto, reservado y confi dencial; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, y en uso de las facultades otorgadas mediante Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como responsable de la elaboración del Portal de Transparencia del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, AGRO RURAL, al Jefe de la Unidad de Sistemas y Tecnología de Información. Artículo 2°.- Designar como responsable de la entrega de información de acceso público del Programa del Desarrollo Productivo Agrario Rural, AGRO RURAL, al Jefe de la Ofi cina de Administración. Artículo 3°.- Los responsables designados en el artículo 1º y 2º de la presente Resolución, deberán observar el irrestricto respeto a los derechos fundamentales de las personas, especialmente los de acceso a la información pública y de reserva de información privilegiada. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO LUIS BELTRÁN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 307405-1 Designan funcionarios en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 009-2009-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 28 de enero del 2009 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones el Ministerio de Agricultura, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, como Unidad Ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008- AG se aprueba el Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, el cual establece entre otros, su estructura orgánica, y las funciones de cada uno de sus órganos que lo conforman; Que, con la fi nalidad de cumplir con las funciones dispuestas en el Manual Operativo, se requiere implementar la estructura orgánica debiendo para tal efecto designar a los funcionarios que resulten necesarios; De conformidad con las facultades conferidas mediante Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, a los siguientes funcionarios: - C.P.C. Wilson Andrés MIRANDA FOURNIER, como Jefe de la Unidad de Contabilidad. - Ing. Arturo Félix PACHECO CARDENAS, como Jefe de la Unidad de Programas, Proyectos y Monitoreo. - Econ. Elmo Efraín CÁCERES RODRIGUEZ, como Jefe de la Unidad de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural 307062-1