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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de junio de 2009 397794 Que, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 011- 2009, dispone que el fi nanciamiento para la rehabilitación, remodelación y equipamiento de la infraestructura del Estadio Nacional - Lima, se atenderá con cargo a los recursos establecidos en el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 011-2009, y hasta por el monto de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00). Para tal efecto, el Ministerio de Educación mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, realiza la transferencia de partidas a favor del pliego Instituto Peruano del Deporte - IPD; Que, asimismo, el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 011-2009 establece que el Ministerio de Educación queda exceptuado de lo establecido en el artículo 41º numeral 41.1 literal c) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y facultado para realizar todas las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que resulten necesarias para la aplicación del referido Decreto de Urgencia; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley Nº 29289, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, los Decretos de Urgencia Nºs. 004, 010 y 011-2009, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modifi catorias, y Resolución Directoral Nº 060-2009-EF/76.01; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa FUNCIÓN 22 : Educación PROGRAMA FUNCIONAL 047 : Educación Básica SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0010 : Infraestructura y Equipamiento ACTIVIDAD 064564 : Recursos para el Mejoramiento de la Calidad de la Inversión en Educación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 20 000 000,00 -------------------- TOTAL 20 000 000,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte FUNCIÓN 21 : Cultura y Deporte PROGRAMA FUNCIONAL 046 : Deportes SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0102 : Infraestructura Deportiva y Recreativa PROYECTO 088342 : Rehabilitación, Remodelación y Equipamiento de la Infraestructura del Estadio Nacional de Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DE GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 000 000,00 ------------------- TOTAL 20 000 000,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 362969-2 SALUD Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Dos de Mayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2009/MINSA Lima, 17 de junio del 2009 Visto el expediente Nº 09-044979-001, que contiene la renuncia presentada por el doctor Juan Vicente Carrasco Perriggo y el Ofi cio Nº 0885-2009/DG-HNDM, del Director General de la Dirección General del Hospital Nacional Dos de Mayo de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 427-2004/ MINSA, del 30 de abril de 2004, se designó al doctor Juan Vicente Carrasco Perriggo, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, del Hospital Nacional Dos de Mayo de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; Que estando al documento de visto, resulta necesario aceptar la renuncia formulada y designar al profesional propuesto; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Juan Vicente Carrasco Perriggo, al cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración, Nivel F-