Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2009 (19/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397811

VISTOS: La Carta s/n recibida con fecha 23 de marzo de 2009, el Oficio Nº 609-2009-CONAFU-P de fecha 13 de MORDAZA de 2009, la Carta s/n recibida con fecha 21 de MORDAZA de 2009, el Informe Legal Nº 176-2009-CONAFU-CJ de fecha 28 de MORDAZA de 2009, el Oficio Nº 383-2009-CONAFUCDAA de fecha 24 de MORDAZA de 2009, y el Acuerdo Nº 1982009-CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo el dia 12 de MORDAZA de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, en el referido articulo 10º inciso k) del Estatuto, se establece: "Autorizar o denegar las solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882; en concordancia con el articulo 1º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades, aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008 (En adelante Reglamento) ; Que, en el articulo 5º del Reglamento, se establece: "El tramite de una solicitud para la autorizacion de funcionamiento provisional de Escuelas de Postgrado, tiene cinco (5) fases, entre ellas: a) Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado ­ PDEP"; Que, en el articulo 10º del Reglamento, se establece: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento de la Escuela de Postgrado ante el CONAFU, previo pago de la tasa administrativa para la calificacion de admision a tramite de la solicitud, de acuerdo al MORDAZA vigente. La Unidad de Recepcion del CONAFU, revisara si la solicitud reune los requisitos de admisibilidad y que el expediente ha sido adecuadamente conformado, haciendo constar en el formato de "Hoja de Tramite" la existencia de cada uno de los documentos adjuntados y debidamente foliados. Si faltara algun requisito o documento, lo MORDAZA constar en el formato "Hoja de Tramite", senalando e informando al administrado que dispone de dos dias habiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sancion de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme la Secretaria General remitira la Parte "a)" a la consejeria de Asuntos Academicos y la Parte "b)" a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco (5) dias calendario para evaluar si los requisitos formales de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el Informe fuera desfavorable se otorgara a la Promotora el plazo de cinco (5) dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas o en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Carta s/n recibida con fecha 23 de marzo de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director del Instituto de Estudios Peruanos remite el Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", para su evaluacion y aprobacion por el CONAFU; Que, por Oficio Nº 609-2009-CONAFU-P de fecha 13 de MORDAZA de 2009, el Presidente del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", las observaciones encontradas en la Parte "A" y Parte "B" del PDI del referido Proyecto de Escuela de Postgrado; Que, con Carta s/n recibida con fecha 21 de MORDAZA de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director del Instituto de Estudios Peruanos, Promotor del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", remite el levantamiento de las observaciones encontradas en el PDI del referido Proyecto, las mismas que fueron derivadas mediante Oficio Nº 609-2009-CONAFU-P; Que, con Oficio Nº 383-2009-CONAFU-CDAA de fecha 24 de MORDAZA de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos, informa sobre el levantamiento de observaciones del PDI del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", correspondiente a la Parte "A" indicando que han quedado

levantadas, por lo que sugiere aprobar la admisibilidad del referido Proyecto de Escuela de Postgrado; Que, por Informe Legal Nº 176-2009-CONAFU-CJ de fecha 28 de MORDAZA de 2009, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU sobre el escrito presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director de la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", manifestando que el recurrente ha cumplido con subsanar las observaciones correspondientes a la Parte "B" del PDI del referido Proyecto de Escuela de Postgrado trasladadas con el Oficio Nº 609-2009-CONAFU-P, por lo que opina se admita a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada; Que, en el articulo 11º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, de acuerdo al MORDAZA vigente, programando una entrevista de los promotores y miembros del Consejo Directivo propuesto con los Consejeros del CONAFU, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del CONAFU para su admision a tramite"; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2009 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 12 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 198-2009-CONAFU aprobo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director de la Promotora del referido Proyecto de Escuela de Postgrado; con la MORDAZA Profesional de Maestria en Ciencias Sociales; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director de la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado; con la MORDAZA Profesional de Maestria en Ciencias Sociales. Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de aprobacion del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, y de conformidad con toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General

362388-1

CONTRALORIA GENERAL
Encargan funciones de Contralor General de la Republica al Vicecontralor General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 037-2009-CG
MORDAZA, 18 de junio de 2009 VISTOS; las comunicaciones del Tribunal de Cuentas Europeo y de la Junta de Auditoria e Inspeccion de Corea, asi como la Hoja Informativa Nº 00016-2009-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica; CONSIDERANDO: Que, el Grupo de Trabajo para la Rendicion de Cuentas y la Auditoria para la Ayuda en Casos de Desastres fue creado

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