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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de junio de 2009 397807 Departamento Lambayeque Provincia Ferreñafe Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Huaca Cisneros Pítipo 651355 9286876 651105 9286503 Huaca San Luis Pítipo 650813 9286138 650565 9285775 Huaca del Coloche Negro Pítipo 650471 9285929 650221 9285568 Huaca La Campana F Pítipo 649560 9284808 649310 9284435 Huaca El Pacífi co Pítipo 648521 9284594 648271 9284221 Huaca La Campana Pítipo 646346 9285469 646096 9285096 Cerro Las Salinas Pítipo 634806 9280990 634557 9280618 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Lambayeque la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 361889-2 Dejan sin efecto la R.J. Nº 902 y modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC, en lo concerniente a la clasificación de la zona arqueológica Fortaleza de Collique RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 834/INC Lima, 11 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 902, de fecha 30 de noviembre de 1992, se declara Zona Arqueológica Intangible el área de 16 Has. + 3,573.04 metros cuadrados con un perímetro de 1,672.871 ml., que corresponde a la Zona Arqueológica “Fortaleza Collique”, ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Asimismo se aprueba el plano Nº T-15-90 y memoria descriptiva de la Zona Arqueológica “Fortaleza de Collique”; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 233/ INC, de fecha 27 de marzo de 2002, se declara Patrimonio Cultural de la Nación, a la zona arqueológica Fortaleza de Collique, ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 442-2009-SDIC-DA-DREPH/ INC, de fecha 03 de marzo de 2009, el cual hace suyo la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, se recomienda que el expediente técnico, elaborado en los sistemas de referencia PSAD56 y WGS84, del monumento arqueológico prehispánico Fortaleza de Collique, pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación y aprobación correspondiente. Asimismo, se acepte la modifi cación de la clasifi cación de Zona Arqueológica por Zona Arqueológica Monumental; Que, mediante Acuerdo Nº 0151, de fecha 05 de marzo de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 902, de fecha 30 de noviembre de 1992. Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC, de fecha 27 de marzo de 2002, en lo concerniente a la clasifi cación de la zona arqueológica Fortaleza de Collique, debiendo ser: zona arqueológica monumental Fortaleza de Collique, ratifi cando los demás extremos de dicho artículo. Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de la zona arqueológica monumental Fortaleza de Collique, ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 902, de fecha 30 de noviembre de 1992, por los considerandos anteriormente expuestos. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC, de fecha 27 de marzo de 2002, en lo concerniente a la clasifi cación de la zona arqueológica Fortaleza de Collique, debiendo ser: zona arqueológica monumental Fortaleza de Collique, ratifi cando los demás extremos de dicho artículo. Artículo 3º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de la zona arqueológica monumental Fortaleza de Collique, ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perí- metro (m) Fortaleza de Collique PP-020-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2009 PSAD56 PP-020-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2009 WGS84 163,573.02 16.3573 1,672.43 Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 361889-3 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo de la Oficina de Ingeniería, Mantenimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 211-2009-J/INEN Lima, 10 de junio de 2009