Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2009 (27/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

398166

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de junio de 2009

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan renuncia y designan miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP
RESOLUCION SUPREMA Nº 134-2009-PCM MORDAZA, 26 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 323-2007PCM se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negron como miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia a los cargos MORDAZA mencionados; Que, en consecuencia resulta necesario designar a la persona que desempene el cargo de miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia que al cargo de miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru IRTP formula el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negron, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Ghibellini Harten como miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 366358-1

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece que las Comunidades Campesinas y Nativas tienen existencia legal y son personas juridicas, cuya identidad cultural es respetada por el Estado; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 117-2009PCM se constituyo el Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos a cargo de la formulacion de un Plan integral de desarrollo sostenible para dichos pueblos, en los ambitos de educacion, salud, titulacion, formalizacion de tierras y demas medidas necesarias; Que, de igual forma, se ha visto por conveniente, conformar una Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, con la finalidad que el Estado con la participacion de las Comunidades Campesinas, las autoridades regionales y locales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, no solo atienda la solucion de las demandas concretas de las comunidades campesinas de los departamentos MORDAZA senalados, sino que ademas elabore un plan de desarrollo integral para la MORDAZA, teniendo en cuenta los altos indicadores de pobreza; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion Constituir una Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, con la finalidad que el Estado, con la participacion de las Comunidades Campesinas, las autoridades regionales y locales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, atienda la solucion de las demandas concretas de las comunidades campesinas de los departamentos MORDAZA senalados, y elabore un plan de desarrollo integral para la zona. Articulo 2º.- Conformacion La Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza estara conformada de la siguiente manera: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; b) Un representante de cada uno de los siguientes Ministerios: de Agricultura, de la Mujer y Desarrollo Social, de Energia y Minas y de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales la presidira; c) Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica; d) Seis (6) alcaldes, uno provincial y uno distrital por cada uno de los departamentos senalados en el inciso anterior. e) Nueve (9) representantes de las comunidades campesinas, a razon de tres por cada departamento. El Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - INDEPA, actuara como Secretaria Tecnica de la Mesa de Dialogo y prestara el apoyo tecnico y administrativo correspondiente. Articulo 3º.- Designacion de representantes Los representantes del Poder Ejecutivo seran designados mediante Resolucion del titular del Sector correspondiente; los alcaldes seran seleccionados en el seno de cada Gobierno Regional y acreditados por el Presidente Regional respectivo; y, los representantes de las comunidades campesinas deberan ser acreditados por sus dirigentes; en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Suprema en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Facilitadores En las sesiones de la Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza podra invitarse a participar a organizaciones privadas en calidad de facilitadores, debiendo para ello ser debidamente acreditadas ante la Presidencia de la Mesa de Dialogo.

Constituyen Mesa de Dialogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, con la participacion de las Comunidades Campesinas, las autoridades regionales y locales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica
RESOLUCION SUPREMA Nº 135-2009-PCM MORDAZA, 26 de junio de 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.