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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2009 (17/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de marzo de 2009 392513 CONSIDERANDO: Que, la citada funcionaria diplomática deberá asistir a dos reuniones seguidas del 09 al 11 de marzo y del 12 al 13 de marzo de 2009 para concurrir a las reuniones señaladas en la vista de la presente Resolución; Que, es necesario precisar el importe de los viáticos que le corresponde percibir a la citada funcionaria diplomática por los días efectivos que duran los citados eventos internacionales; Teniendo en cuenta el Memorándum (AMA) Nº 0014/2009, de 19 de enero de 2009, de la Dirección de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0154-2009-RE, para que quede redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33689 – Ejercicio de la Soberanía Marítima, Aérea y Mantenimiento, Reposición y Densifi cación de Hitos Fronterizos, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Doris Elba Sotomayor Yalán 1,541.80 260.00 5+2 1,820.00 30.25 ” Artículo 3º.- Dejar subsistente en todos los demás términos la Resolución Ministerial Nº 0154-2009-RE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 323869-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan integrantes del Consejo de la Orden del Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2009-TR Lima, 16 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 15195 crea la Condecoración de la Orden del Trabajo, el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de la actividad pública o privada, empleadores o cualquier otra persona nacional o extranjera que por sus acciones distinguidas, calificados merecimientos y comprobados servicios en provecho de las relaciones laborales y de la seguridad social, se hagan merecedores a tal distinción; Que, el Decreto Ley Nº 20585 establece las normas para el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo cuyo artículo 4º señala que el Presidente de la República es el Gran Maestre de la Orden del Trabajo y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Canciller de la misma; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano encargado de estudiar las propuestas presentadas para el otorgamiento de la referida distinción y emitir su pronunciamiento; Que, en el marco del diálogo y la concertación social que promueve el actual gobierno y los esfuerzos realizados por los diversos actores sociales vinculados con el trabajo y la promoción del empleo digno, es importante resaltar la labor desarrollada por éstos; Que, es necesario reconocer y premiar a los trabajadores, empresarios, académicos, y en general a las personas que hayan contribuido signifi cativa y desinteresadamente, desde sus respectivos ámbitos de actuación, al bienestar de los trabajadores, al desarrollo armónico de las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo en el país y al fortalecimiento de las instituciones del Sector Trabajo y de la Seguridad Social; Que, por lo expuesto, resulta necesario designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo, en quienes recae la responsabilidad de evaluar y pronunciarse sobre las propuestas para el otorgamiento de la condecoración de la Orden del Trabajo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como integrantes del Consejo de la Orden del Trabajo a las siguientes personas: ƒ Señor Jorge Elisbán Villasante Aranibar, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y Canciller quien preside el Consejo de la Orden del Trabajo por expresa delegación del Gran Maestre; ƒ Señor Augusto Enrique Eguiguren Praeli, Viceministro de Trabajo; ƒ Señor Javier Alberto Barreda Jara, Viceministro de Promoción del Empleo; ƒ Señor Alfredo Villavicencio Ríos, miembro de la Comisión Consultiva de Trabajo; ƒ Señor Grover Pango Vildoso, miembro de la Comisión Consultiva de Promoción del Empleo; ƒ Señora Juana Silva Sernaqué, Directora General de la Ofi cina de Economía del Trabajo y Productividad, Directora General más antigua del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; ƒ Señor Elías Grijalva Alvarado, representante de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; ƒ Señor Eduardo Rengifo Infantes, representante de los trabajadores sujetos al régimen laboral público; ƒ Señor Julio César Barrenechea Calderón, representante de los empleadores; ƒ Señor Carlos Herrera Descalzi, representante de los profesionales; y,